Una declaración jurada es un documento emitido por un obispo a un clérigo , certificando la validez y corrección de su ordenación , indicando su grado y sus derechos. También se llama: carta compiladora, carta canónica, escritura establecida, carta protegida .
La carta inscrita es una institución antigua, incluso en la Iglesia Apostólica se conocían las llamadas cartas representativas ( Cánones Apostólicos No. 12 y 33), sin las cuales ningún clero podía ser aceptado en la comunión eclesiástica en otra comunidad, y el representante las cartas otorgadas a veces a los laicos tenían el valor de cartas de recomendación ( 2 Corintios 3:1 ) o evidencia de pertenencia a la Iglesia de Cristo. El Cuarto Concilio Ecuménico en 451 decidió emitir cartas eclesiásticas pacíficas (cartas de paz) en lugar de las representativas, que estaban destinadas solo a personas que tenían dudas (regla 11) y clérigos desconocidos en el lugar de su nueva estadía (regla 13) . ).
Las cartas de representación para los clérigos a veces se llamaban "canónicas" o "correctas", "Piloto eslavo" las llama directamente (en la interpretación del Canon Apostólico 33) "escritura establecida" o carta establecida.
En los siglos IV y V, en las iglesias africanas, a los clérigos se les emitían cartas con la designación del año y el día de la ordenación ("para distinguir al joven del mayor"), que se consagró en la regla número 100 del Concilio de Cartago . El canon VI del IV Concilio Ecuménico de 451 prohibía la ordenación sin indicar el lugar (templo) al que se determinaba el recién iniciado.
En la Iglesia rusa , que adoptó la práctica bizantina , la letra fija apareció muy temprano, pero sus muestras se conservaron solo a partir del siglo XVI . Indican: el nombre del obispo bajo el cual fue ordenado el protegido, la iglesia a la que fue destinado, el derecho litúrgico (servir la liturgia ), tejer y decidir (es decir, aceptar la confesión ), la prohibición de pasar arbitrariamente a otra iglesia, año (desde la creación del mundo ), mes y día de dedicación. Con el mismo contenido de las cartas emitidas, su forma era diferente.
En el período patriarcal (después de 1589 ), las letras manuscritas fueron reemplazadas por las impresas, lo que condujo a la unificación de su forma. Mientras que el patriarca Joaquín (1674-1690) firmó las cartas con su propia mano, bajo el patriarca Adrián (1690-1700) solo el nombre del patriarca comenzó a imprimirse en la parte superior de las cartas. Se aplicó un sello de cera roja de doble cara a la carta . Las cartas eran preparadas por los escribanos patriarcales, también le ponían un sello, lo anotaban en un libro y lo enviaban al patriarca para que se lo presentara al protegido. Con la carta puesta, el nuevo clérigo se presentó ya en la choza de Tiun al anciano comandante; aquí, después de nuevas entradas en los libros, le dieron una nueva memoria y le quitaron deberes , y en su memoria escribieron que no estaba prohibido servirle. Al pasar por todos estos casos, fue necesario pagar dinero en todas partes: “ y en todo lo que estaba escrito arriba por el sacerdote y el diácono había mucha burocracia, y las pérdidas se convirtieron en poner el rublo en 4 y más. .. ”.
Con el establecimiento del Santo Sínodo en 1721, la forma de la carta no cambió, aunque en las cartas del clero ordenado en la Región sinodal (la antigua diócesis del patriarca), en lugar del nombre del patriarca, el título de se dio el Santo Sínodo Gobernante, y en lugar del sello patriarcal, el sello del Sínodo con el escudo imperial.
En 1738, se estableció una nueva forma de declaración jurada (en una hoja impresa con la firma del obispo diocesano y su sello adjunto). En 1864, a propuesta del Metropolitano de Moscú Filaret (Drozdov) y con el permiso del Sínodo, se modificaron algunas expresiones de la carta sacerdotal.
En el período sinodal, la lectura de la carta designada por el decano en la reunión de feligreses se consideraba como un acto de introducción del sacerdote recién nombrado en la administración de su ministerio. Se instruyó al clero para que recordara el contenido de la carta y la releyera periódicamente.
Por decisión del Sínodo del 1 al 8 de abril de 1897, se estableció el procedimiento para emitir cartas de ordenación a personas ordenadas por un obispo de otra diócesis: en este caso, la carta de ordenación tenía que ser firmada y emitida por el obispo. a cargo del clérigo, con indicación obligatoria de la fecha de la ordenación y del obispo que la realizó. Para tal caso (y también en el caso de ordenación por un obispo vicario), se hicieron cambios en la forma impresa de la carta adjunta, una muestra de la cual se envió a la diócesis. Según la definición del Sínodo, del 4 al 17 de febrero de 1898, la ordenación de las personas que ingresan al servicio del departamento militar se realizó en el lugar del antiguo servicio (o residencia) de la persona, donde se emitió el certificado.