Sistema judicial de Irán

El poder judicial iraní  es una de las tres ramas del gobierno en la República Islámica de Irán.

Historia

Después de la victoria de la Revolución Islámica , la transferencia de la judicatura anterior a la nueva se llevó a cabo en tres etapas [1] : el primer período, o el período de transferencia de la formación y fortalecimiento de la judicatura islámica, el segundo período , el período de adopción de la nueva constitución en 1979, y el tercer período, el período de enmiendas y revisión del sistema judicial [2] . El poder judicial, según el párrafo 156 de la constitución, es una autoridad independiente que protege los derechos individuales y sociales y es responsable de la administración de justicia y de los siguientes deberes: medidas en la medida prescrita por la ley. 2. Restablecer los derechos públicos y difundir la justicia y las libertades jurídicas. 3. Control sobre la correcta observancia de las leyes. 4. Detección de delitos, enjuiciamiento, castigo de los delincuentes e implementación de las medidas de castigo determinadas por el Islam, incluidas las disposiciones codificadas para delitos penales. 5. Implementación de las medidas adecuadas para prevenir la comisión de un delito y corregir al infractor [3] .

De acuerdo con el párrafo 157 de la constitución, para cumplir con los deberes del poder judicial en todas las esferas judicial, administrativa y ejecutiva, el líder supremo nombra a una persona imparcial, sabia, familiarizada con la administración judicial y la administración del mujtahid como jefe del poder judicial. por un período de cinco años, cuyo cargo es el más alto de esta rama del Estado, y quien, en virtud del artículo 158 de la Constitución, tiene los siguientes deberes: 1. Establecer las estructuras necesarias en el campo de la justicia de conformidad con la deberes establecidos en el párrafo 156. 2. Preparar proyectos de ley judiciales compatibles con el sistema de la República Islámica. 3. Contratar jueces imparciales y dignos, destituirlos y nombrarlos en sus cargos, cambiarles el lugar de ejercicio de sus funciones, crear puestos de trabajo, ascender de grado a los jueces y realizar otras funciones administrativas análogas, de conformidad con la ley [4] .

Según el párrafo 160 de la constitución, el Ministro de Justicia es seleccionado entre los candidatos propuestos al Presidente por el jefe del poder judicial y es responsable de todos los asuntos relacionados con las relaciones del poder judicial con los poderes ejecutivo y legislativo. El jefe de la judicatura puede otorgar plenos poderes financieros y administrativos al Ministro de Justicia, así como poderes para contratar personal que no sean jueces. Así, el Ministro de Justicia tiene las mismas facultades y deberes previstos en las leyes para ministros que los más altos funcionarios del poder ejecutivo [5] .

Los criterios para el desarrollo del sistema judicial se basan en el deseo de una amplia participación de las personas en él [6] . La participación de personas como mediadores en las Juntas de Resolución de Conflictos, la reducción del número de estructuras judiciales y del número de delitos juega un papel importante en la reducción del número de procesos judiciales. Otras responsabilidades de esta rama del gobierno son el desarrollo de la fiscalía y la importancia del papel de la etapa preparatoria en los procesos civiles.

Jefes de la judicatura

Jefes del poder judicial desde la formación de la República Islámica de Irán: Seyyid Mohammad Beheshti, Seyyid Abdulkarim Mousavi Ardebili, Mohammad Yazdi, Seyyid Mahmoud Hashemi-Shahrudi, Sadegh Amoli Larijani.

Actualmente, Seyyid Ibrahim Raisi es responsable de la dirección de este poder del gobierno .

Notas

  1. Zerang, Mohamed. La evolución del sistema judicial de Irán: desde la caída de Reza Shah hasta la formación de tribunales de jurisdicción general y tribunales revolucionarios. Teherán: Centro de Documentos de la Revolución Islámica, 2002, volumen 2, página 236
  2. Zerang. La misma fuente. págs. 228, 229, 236, 238
  3. Vosugi, Shaheen. Leyes y Reglamentos sobre Elecciones desde la Victoria de la Revolución Islámica hasta el Presente. Teherán: Imprenta del Ministerio del Interior, 1990, págs. 31 y 32; Neizanak: Yazdi, Mohamed. Constitución para todos. Teherán: Amir Kabir, 1996, página 667; Constitución de la República Islámica de Irán
  4. Constitución de la República Islámica de Irán
  5. misma fuente
  6. Periódico Jam-e Jam, 26 de junio de 2004, suplemento, págs. 1-12.