Las Reglas de Arbitraje de la CNUDMI son las reglas adoptadas por la Comisión de las Naciones Unidas sobre el Derecho Mercantil Internacional en 1976 y recomendadas para su uso por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de diciembre de 1976. Esta regla es muy popular en el arbitraje ad hoc .
Las Reglas de Arbitraje de la CNUDMI no tienen fuerza de ley en países individuales, pero muchos tribunales arbitrales nacionales permiten que las partes aprovechen estas reglas o las utilicen para llenar vacíos en sus propias reglas.
De acuerdo con las Reglas de Arbitraje de la CNUDMI, un arbitraje no puede dejar de tener lugar incluso si el árbitro (la autoridad competente) no puede actuar, o si las partes no han acordado la candidatura del árbitro (la autoridad competente no ha acordado). Cualquier parte en el proceso de arbitraje, después de 60 días de inactividad del arbitraje debido a la disconformidad del árbitro (autoridad competente) o la imposibilidad de su acción, puede solicitar al Secretario General de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya que designe un autoridad competente. Si las partes no se han puesto de acuerdo sobre el lugar del arbitraje, ese lugar será determinado por el tribunal arbitral.
Este reglamento asume la autonomía de la cláusula compromisoria , es decir, el efecto de la disposición del acuerdo (acuerdo) sobre el arbitraje en condiciones en que el propio acuerdo (acuerdo) puede ser reconocido como nulo.
Muchas cámaras de comercio y centros de arbitraje nacionales sirven como autoridad competente para las Reglas de Arbitraje de la CNUDMI.
La versión original del Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI se adoptó en 1976 y se ha utilizado para resolver una amplia gama de controversias, incluidas las controversias entre partes comerciales privadas que no involucran a ninguna institución de arbitraje, controversias entre inversores y Estados, controversias entre Estados y controversias comerciales en virtud de bajo los auspicios de instituciones arbitrales. En 2006, la Comisión decidió que era necesario revisar el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI para reflejar la evolución de la práctica del arbitraje durante los últimos treinta años. Esta revisión tiene como objetivo mejorar la eficiencia del arbitraje bajo las Reglas y no cambia la estructura original del texto, su espíritu o estilo.
La versión revisada del Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI entró en vigor el 15 de agosto de 2010. Incluye disposiciones relativas, entre otras cosas, al arbitraje de múltiples partes y la intervención de terceros, los procedimientos de responsabilidad y objeción de los expertos designados por el tribunal arbitral. Una serie de elementos innovadores contenidos en las Reglas tienen como objetivo mejorar la eficiencia procesal, incluidos los procedimientos revisados para el reemplazo de los árbitros, un requisito de costo razonable y un mecanismo para revisar los costos del arbitraje. Esto también incluye disposiciones más detalladas sobre medidas provisionales. Se espera que la versión revisada del Reglamento siga contribuyendo al desarrollo de relaciones económicas internacionales armoniosas.
Schmitthoff K. M. Exportación: derecho y práctica del comercio internacional M: Literatura jurídica, 1993