Consejo Supremo de Trabajadores de Finlandia

El Consejo Supremo (Principal) de Trabajadores (Consejo Central de Trabajadores [1] , Fin. Työväen pääneuvosto [2] ) es el órgano supremo de la Finlandia "roja" (en la historiografía soviética, el Partido Socialista de los Trabajadores de Finlandia República ), que se suponía que controlaría el trabajo del poder ejecutivo ( Consejo de Diputados del Pueblo de Finlandia ), tal como lo concibieron los creadores, se convertiría en el parlamento de la "Finlandia Roja".

Se desconoce el momento exacto de la creación. Mencionado por primera vez el 28 de enero de 1918. en la primera declaración del Consejo de Diputados del Pueblo de Finlandia "¡A los trabajadores y ciudadanos de Finlandia!" [3] . La primera reunión tuvo lugar el 12(14) febrero de 1918

Inicialmente constaba de 35 miembros, posteriormente se acordó [4] el número total de 40 [2] diputados del pueblo, destinados a controlar las actividades del Consejo de Diputados del Pueblo. El presidente del Consejo Supremo de Trabajadores fue Walfried Perttilä [5] [6] , el Consejo incluía [2] :

Este último luego renunció a un escaño, lo que hizo posible elegir un representante de un partido de cada circunscripción. Los distritos electorales de Laponia y Vaasa se quedaron sin representantes. Sus escaños en el consejo de trabajadores fueron ocupados por representantes del movimiento obrero sueco y del movimiento de mujeres socialdemócratas.

Walfried Perttil, miembro del comité de huelga de 1917, fue elegido presidente del Consejo Supremo de Trabajadores. No se ha conservado una lista completa de miembros, pero posteriormente se establecieron los nombres de 48 miembros del Consejo que trabajaron en él en varias etapas. De estos, 16 eran miembros del parlamento. [7]

El Consejo Supremo de Trabajadores debería ser una especie de reemplazo del Parlamento finlandés ( Eduskunte ), que, como institución de representantes del pueblo, “daría el visto bueno al nuevo gobierno, es decir, al Consejo de Diputados del Pueblo”.

Como parte del Consejo, se crearon cinco comités: constitucional, legislativo, hacienda del estado, militar y económico y de asuntos exteriores. Los presidentes de los comités fueron elegidos entre los miembros del Partido Socialdemócrata excepto uno. La Comisión Constitucional inmediatamente asumió la redacción de la ley básica, y el Consejo Superior de Trabajadores recibió su borrador para su consideración ya el 18 de febrero, porque el borrador ya había sido elaborado con anticipación, pero aún se hicieron algunos cambios. Se desconocían otras fases de la consideración del proyecto. [ocho]

De acuerdo con el proyecto de constitución, el máximo poder ejecutivo se dividió entre el Consejo Supremo de Trabajadores y el Consejo de Diputados del Pueblo. El Consejo Supremo tenía el poder de nombrar y destituir a los miembros de la SNU, y el derecho de cambiar y revocar cualquier decisión de la SNU. Los miembros del Consejo Supremo tenían derecho a formular preguntas al Consejo de Diputados del Pueblo, que debían ser respondidas inmediatamente o en la siguiente reunión. Sobre qué considerar como la próxima reunión, la SNU tenía sus propias ideas e interpretaron este punto de acuerdo con la situación. Otros párrafos de la ley orgánica determinaban el método de votación, la aprobación de la decisión y la concienciación de la población. Según el último párrafo octavo, el Consejo Supremo debe elaborar su propio orden de trabajo. Esto se hizo el 22 de febrero . Las decisiones fueron aprobadas por mayoría simple. Sólo las restricciones relativas al derecho de voto se decidieron a adoptar por dos tercios de los votos. No hay registros de las reuniones del Consejo Supremo, por lo que no se sabe exactamente cuántas veces logró reunirse el Consejo Supremo. Solo se sabe con certeza que todos los diputados no siempre estuvieron presentes, y algunos de los elegidos no participaron en absoluto en el trabajo. Sobre la base del proyecto de ley básica, se puede suponer que el Consejo Supremo habría tenido mucho poder, y eso es exactamente lo que se pretendía. De hecho, resultó que el Consejo de Diputados del Pueblo tenía poder en la Finlandia Roja. [2]

Notas

  1. [ Gafurova B. G., Zuboka L. I. Reader sobre historia moderna en tres volúmenes. - M. , 1960. - T. I. - Véase el texto de la "Declaración del Consejo de Delegados del Pueblo de Finlandia. 29 de enero de 1918" . Consultado el 31 de agosto de 2011. Archivado desde el original el 17 de noviembre de 2011. Gafurova B. G., Zuboka L. I. Lector sobre historia moderna en tres volúmenes. - M. , 1960. - T. I. - Véase el texto de la "Declaración del Consejo de Delegados del Pueblo de Finlandia. 29 de enero de 1918"]
  2. 1 2 3 4 Katja-Maria Miettunen "Punaisen Suomen valtiomuoto" Archivado el 2 de septiembre de 2007 en Wayback Machine // © "Suomi 80. Itsenaistymisen vuodet 1917-1918" Tampereen yliopiston historiatieteen laitoksа   (Consulta: 2 de noviembre de 2012)  (fin .)
  3. Suomen vallankumoushallitus. Annettu Helsingissä, 28 päivänä tammikuuta 1918" // Suomen asetuskokoelma (Punaisten julkaisemat numerot) N:o 10 (ensimmäinen) Archivado el 7 de agosto de 2011 en Wayback Machine - 1918.  (fin.)
  4. Rinta-Tassi, 1986 , pág. 151–158.
  5. Esikunnan atadousteluosaston luettelo A Seuraavia henkilöitä, jotka huomattavalla tavalla ovat ottaneet osaa punaisten kapinaan, on ensikädessä etsittävä, ja mikäli heidät on jo vangittu, ei heitä missään tapauksessa saa vapauttaa - Helsinki, - 135 s. (Lista de personas que tomaron parte directa y significativa en el levantamiento "Rojo" (buscados) que bajo ninguna circunstancia deben ser liberados si ya están en prisión. Recopilada por la sede de inteligencia militar - Helsinki, 1918.) Copia de archivo fechada en septiembre 24, 2015 en Wayback Machine // Sitio web de la Sociedad Genealógica de Finlandia (Suomen Sukututkimusseura) www.genealogia.fi   (Consulta: 2 de noviembre de 2012)  (fin.)
  6. Rinta-Tassi, 1986 , pág. 153.
  7. Rinta-Tassi, 1986 , pág. 152.
  8. Rinta-Tassi, 1986 , pág. 322.

Literatura

Osmo Rinta Tassi. Kansanvaltuuskunta punaisen Suomen hallituksena. Valtion painatuskeskus. - Helsinki, 1986.  (fin.)