Derechos de autor en Honduras

Ley de Derechos de Autor de Honduras
Vista ley
Estado
Número 4—99-E
Adopción 13 de diciembre de 1999
Entrada en vigor 15 de enero de 2000

Las principales leyes en materia de derechos de autor en Honduras son:

Además de esto, Honduras ha promulgado un gran número de otras leyes de derechos de autor.

Honduras es miembro del Convenio de Berna desde el 19 de julio de 1966.

La Ley "Sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos" (aprobada por Decreto No. 4-99-E) en Honduras fue aprobada el 13 de diciembre de 1999 y entró en vigencia el 15 de enero de 2000 [2] .

El plazo de protección de los derechos de autor en Honduras es de 75 años a partir de la muerte del autor o de la publicación de su obra.

El propio nombre del estado tiene una autoría legendaria. Según la leyenda principal, los derechos de autor de este nombre pertenecen a Cristóbal Colón . Un día se vio atrapado en una tormenta. y cuando llegó vivo a tierra, dijo: “ Doy gracias a Dios por haber salido de estas profundidades ”. La palabra Honduras se traduce como profundidad.

Contenidos

La Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos de Honduras de 1999 garantiza los derechos de los autores hondureños, los extranjeros residentes en el país y las obras extranjeras publicadas por primera vez en Honduras, obras audiovisuales cuyo fabricante sea hondureño o tenga su residencia habitual o sede en Honduras.

Los derechos de los ciudadanos extranjeros no residentes en el país cuyas obras se publicaron por primera vez en el extranjero están protegidos por convenios internacionales. A falta de convenio, se aplica el principio de reciprocidad.

Según el art. 16 Las obras publicadas por primera vez en la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y sus subdivisiones u organismos y la Organización de los Estados Americanos (OEA) están protegidas en Honduras, de conformidad con las disposiciones de las Convenciones Internacionales suscritas en Honduras. Las obras anónimas y publicadas bajo seudónimo están protegidas hasta que el autor dé su nombre. El editor es tratado como titular del derecho derivado hasta que el autor revela su identidad.

Si el autor de la obra muere dejando la obra inacabada, el editor, de común acuerdo con el cónyuge y los herederos del autor, puede ordenar la terminación de la obra a un tercero, por una retribución proporcional a la obra.

Restricciones

Según el art. 46 es lícito utilizar una obra sin el consentimiento del titular de los derechos de autor y sin pago de remuneración, con la obligación de indicar la fuente y el nombre del autor, siempre que:

fragmentos de televisión por cable de obras presentadas o escuchadas durante tales eventos.

Se concede permiso para utilizar cualquier forma de información al público, discursos políticos, discursos judiciales, informes, sermones y otros trabajos similares hablados en público.

Se permite la reproducción de obras para la enseñanza o para exámenes en instituciones educativas, siempre que no haya un uso comercial en las obras.

Literatura

Enlaces

Notas

  1. 12Honduras . _ Archivado desde el original el 14 de abril de 2013.
  2. Honduras: Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos (aprobado por Decreto No. 4-99-E) . Fecha de acceso: 8 de febrero de 2016. Archivado desde el original el 14 de febrero de 2016.