Ley de Registro de Agentes Extranjeros | |
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inglés Ley de Registro de Agentes Extranjeros | |
Vista | la ley federal |
Estado | EE.UU |
Número | 75–583 |
Adopción | 75º Congreso de EE . UU. |
OK |
Senado de los EE . UU . 27 de mayo de 1938 Cámara de Representantes de los EE . UU . 2 de junio de 1938 |
Firma | El presidente de los Estados Unidos, Franklin Roosevelt , 8 de junio de 1938 |
Entrada en vigor | 6 de septiembre de 1938 |
Primera publicación | Código Mayor de la Legislación de los Estados Unidos , #52–631 |
La Ley de Registro de Agentes Extranjeros (FARA) es una ley estadounidense aprobada en 1938 [1] que exige que los agentes extranjeros en los EE . UU. que representen los intereses de potencias extranjeras en una "capacidad política o cuasi política" divulguen su relación con un gobierno extranjero e sobre las actividades y finanzas relevantes. El objetivo es facilitar "la evaluación por parte del gobierno y el pueblo estadounidense de las declaraciones y acciones de tales personas". La ley es administrada por la División FARA de la Sección de Control de Exportaciones y Contrainteligencia (CES) en la Administración de Seguridad Nacional (NSD) del Departamento de Justicia de los Estados Unidos .
La Ley fue originalmente administrada por el Departamento de Estado hasta que fue transferida al Departamento de Justicia en 1942.
Desde su aprobación en 1938 hasta 1966, cuando se modificó la Ley, su aplicación estuvo dirigida a los representantes de potencias extranjeras, incluso si no actuaban "por o en representación" de dichas potencias.
En 1966, la ley fue enmendada para centrarse en los agentes que realmente trabajaban con potencias extranjeras que buscaban ventajas económicas o políticas al influir en las decisiones gubernamentales.
Las enmiendas cambiaron el enfoque de la ley de la propaganda al cabildeo político y redujeron el significado del término "agente extranjero". A partir de este momento, una organización (o persona) no puede ser incluida en la base de datos FARA a menos que el gobierno demuestre que él (o él o ella) actuó "por orden, solicitud, dirección o control de un líder extranjero" y demostró que participó en "actividades políticas para o en nombre de dicho líder extranjero, 'incluso a modo de' representar los intereses de dicho líder extranjero ante cualquier agencia o funcionario del gobierno de los Estados Unidos".
Esto aumentó la carga de la prueba para el gobierno.
No ha habido procesamientos exitosos bajo FARA desde 1966. Sin embargo, se hicieron enmiendas para permitir que el Departamento de Justicia advierta a las personas y empresas sobre posibles violaciones de la Ley, lo que permite un cumplimiento más voluntario pero también deja en claro cuándo se ha violado la ley. Desde entonces, esto ha llevado a una serie de casos civiles y resoluciones administrativas exitosas.
De acuerdo con la ley FARA, una persona puede ser reconocida como agente de un principal extranjero si sus actividades son financiadas o subvencionadas desde el extranjero en su totalidad o en gran parte [2] .