En álgebra general , la clausura de un conjunto con respecto a un conjunto dado de operaciones algebraicas es la extensión más pequeña posible (es decir, que no contiene otras similares) de un conjunto dado en el que cualquier aplicación de estas operaciones a elementos de tal extensión no no ir más allá de sus límites. La extensión mínima existirá siempre como la intersección de todas las extensiones descritas.
Formalmente, sea un subconjunto del portador de algún álgebra . Entonces la clausura del conjunto con respecto a la signatura es la subálgebra mínima que contiene ( ).
Ejemplos:
Un conjunto que coincide con su cierre se llama algebraicamente cerrado (con respecto a un conjunto dado de operaciones).
Ejemplos: