Resolución 50 | |
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Organo | Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas |
la fecha | 29 de mayo de 1948 |
Reunión | Nº 310 |
El código | S/RES/50 |
Tema | cuestión palestina |
Salir | Aceptado en parte |
Composición del Consejo de Seguridad para 1948 | |
miembros permanentes |
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miembros no permanentes |
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Documento |
La Resolución 50 del Consejo de Seguridad, adoptada el 29 de mayo de 1948, instó a todos los gobiernos y autoridades involucrados en el conflicto en Palestina a cesar la operación de todas las fuerzas armadas [1] dentro de cuatro semanas, para abstenerse de introducir personal de combate en Palestina , Egipto , Irak , Líbano , Arabia Saudita , Siria , Jordania y Yemen . Durante el alto el fuego, abstenerse de importar o exportar material militar a Palestina , Egipto , Irak , Líbano , Arabia Saudita , Siria , Transjordania y Yemen durante el alto el fuego.
La resolución insta además a todos los gobiernos y autoridades a hacer todo lo posible para garantizar la seguridad de los Santos Lugares de la zona, así como de la ciudad de Jerusalén , y garantizar su libre acceso. Instruyó al Mediador de las Naciones Unidas en Palestina para que se pusiera en contacto con todas las partes involucradas para ver que la tregua se estaba llevando a cabo, y le ofreció tantos observadores militares como fueran necesarios para ello [2] . La resolución decidió que si se violaban las condiciones establecidas en ella y en resoluciones anteriores, el Consejo revisaría el asunto con miras a tomar medidas de conformidad con el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas .
La resolución fue adoptada poco a poco; no se votó la resolución en su conjunto.
Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptadas en 1948 | |
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