Letra de cambio (del italiano tratta ) o letra de cambio : una letra que contiene una oferta incondicional (orden) del librador al pagador ( librado ) especificado en la letra para pagar una cierta cantidad de dinero al tenedor de la letra. En la mayoría de los casos, el pagador de la letra es deudor del librador, y el librador es deudor del tenedor de la letra, y la letra actúa como una forma de transferencia del monto acordado de la deuda del pagador responsable bajo el factura a un nuevo acreedor - el tenedor de la factura. La emisión de una letra y el subsiguiente consentimiento del pagador para pagarla ( aceptación ) significa el reembolso del monto de la letra de la deuda del pagador al librador y del librador al tenedor de la letra, pero la apariencia de la obligación del pagador de pagar el letra a favor del actual tenedor de la letra. Además, la obligación bajo el proyecto de ley no contiene ninguna condición que pueda estar asociada con los contratos sobre la base de los cuales surgió la deuda. Esta es la diferencia fundamental entre la sustitución de un acreedor a través de una letra de cambio en comparación con el procedimiento de cesión .
El primer tenedor de una letra a favor de quien se emite una letra de cambio se denomina pagador . El propio librador también puede ser señalado como beneficiario. La indicación del beneficiario es un atributo obligatorio de la letra en virtud de la Ley Uniforme de Letras de Cambio de Ginebra.
Varios economistas teóricos consideran un billete de banco como una letra de cambio llevada al absoluto (de cualquier persona a cualquier persona). Sin embargo, existen las siguientes diferencias fundamentales entre los billetes y las letras de cambio:
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