Transacción de parte interesada
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Partes interesadas
Las siguientes personas pueden ser reconocidas como
interesadas en la transacción por parte de una entidad comercial :
- miembro del consejo de administración (junta de supervisión) de la empresa,
- una persona que ejerce las funciones del único órgano ejecutivo de la empresa , incluida una organización de gestión o gerente ,
- miembro del órgano ejecutivo colegiado de la sociedad,
- un accionista (participante) de una empresa que tiene, junto con sus afiliados, el 20 por ciento o más de las acciones con derecho a voto ( participaciones en el capital social ) de la empresa,
- una persona que tiene el derecho de dar instrucciones obligatorias a la empresa,
- cónyuges, padres, hijos, hermanos y hermanas completos y medios, padres adoptivos e hijos adoptivos y (o) sus afiliados de las personas antes mencionadas.
Presencia de interés
Las personas que pueden ser reconocidas como interesadas en una transacción por parte de una entidad comercial son reconocidas como tales, siempre que:
- es parte, beneficiario, intermediario o representante en la transacción;
- poseer (cada uno individualmente o en conjunto) el 50 por ciento o más de las acciones (acciones, acciones) de una entidad legal que sea parte, beneficiario, intermediario o representante en la transacción;
- ocupar cargos en los órganos de administración de una persona jurídica que sea parte, beneficiario, intermediario o representante en la transacción, así como cargos en los órganos de administración de la organización administradora de dicha persona jurídica;
- en ciertos otros casos.
Procedimiento
Las transacciones con partes interesadas son realizadas por la empresa únicamente con sujeción a su aprobación por parte del directorio o la asamblea general de participantes (accionistas) de la empresa.
en sociedades anónimas
La aprobación en sociedades anónimas se realiza:
Si el objeto de una transacción o varias transacciones relacionadas es una propiedad , cuyo valor, según datos contables ( el precio de oferta de la propiedad adquirida) de la empresa, es el 2 o más por ciento del valor en libros de los activos de la empresa según sus estados financieros a la última fecha de presentación
- en empresas con un número de accionistas-propietarios de acciones con derecho a voto de 1000 o menos:
por el consejo de administración (junta de supervisión) de la empresa por mayoría de votos de los directores que no están interesados en la transacción
- en sociedades con más de 1.000 accionistas-dueños con derecho a voto:
directorio (junta de supervisión) de la empresa por mayoría de votos de los directores que no están interesados en la transacción, de entre los directores independientes
Si el objeto de una transacción o varias transacciones relacionadas son bienes, cuyo valor, según los datos contables (precio de oferta de la propiedad adquirida) de la empresa, es el 2 o más por ciento del valor en libros de los activos de la empresa según sus estados financieros a la fecha del último informe, o si la junta directiva no pudo tomar una decisión para aprobar la transacción de la manera prescrita
en sociedades de responsabilidad limitada
En las sociedades de responsabilidad limitada, la decisión de concluir una transacción por parte de la empresa, en la que existe un interés, la toma la asamblea general de los participantes en la empresa por mayoría de votos del número total de votos de los participantes en la empresa. que no están interesados en hacerlo.
En caso de que se constituya en la sociedad un consejo de administración (junta de vigilancia) de la sociedad, la adopción de una decisión sobre la celebración de operaciones en las que exista un interés podrá ser atribuida por el estatuto de la sociedad a su competencia, excepto en los casos en que el monto del pago en virtud de la transacción o el valor de la propiedad que es objeto de la transacción exceda el dos por ciento del valor de la propiedad de la empresa, determinado sobre la base de los estados financieros del último período de información .
Convulsiones
Las transacciones en las que existe un interés no se reconocen como transacciones:
- cometida por una sociedad formada por un accionista (participante), que ejerce simultáneamente las funciones de órgano ejecutivo único ;
- en el que estén interesados todos los accionistas (participantes) de la empresa;
- hecho en ejercicio del derecho de suscripción preferente para adquirir acciones colocadas por la sociedad y emitir valores convertibles en acciones ;
- cometidos durante la adquisición y redención de acciones en circulación por parte de la empresa;
- cometidos durante la reorganización de la empresa en forma de fusión ( acceso ) de empresas, si otra empresa que participa en la fusión (acceso) posee más de las tres cuartas partes de todas las acciones con derecho a voto de la empresa que se reorganiza;
- cuya comisión es obligatoria para la empresa de conformidad con las leyes federales y (u) otros actos legales de la Federación Rusa y cuyas liquidaciones se realizan a precios fijos y tarifas establecidas por los organismos autorizados en el campo de la regulación estatal de precios y aranceles;
- realizadas en términos que no difieran significativamente de los términos de transacciones similares realizadas entre la sociedad y el interesado en el curso de los negocios ordinarios de la sociedad que tuvieron lugar antes del momento en que el interesado es reconocido como tal.
Véase también
Fuentes