El Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado ( fr. Institut international pour l'unification du droit privé ), abreviado UNIDROIT ( fr. UNIDROIT ) es una organización intergubernamental para la unificación del derecho privado . Originalmente se estableció en 1926 como un órgano de la Sociedad de Naciones . En 1940, UNIDROIT se restableció sobre la base de un tratado multilateral. UNIDROIT elaboró convenios sobre una serie de temas (compraventa internacional de mercancías, representación, transporte de mercancías y pasajeros, y otros temas).
Después de que Indonesia y Arabia Saudita se unieran a la organización en 2009, 63 estados están representados en UNIDROIT [1] :
La tarea principal de UNIDROIT es preparar normas uniformes nuevas y, si es necesario, armonizadas para el derecho privado en el sentido amplio del término. Sin embargo, la experiencia ha demostrado la necesidad de una intervención ocasional también en el derecho público, especialmente en áreas donde las líneas de demarcación claras son difíciles de trazar o donde el derecho comercial y regulatorio están entrelazados. Las Reglas Uniformes que UNIDROIT está preparando son en su mayoría reglas sustantivas que incluirán algunas reglas de conflicto sólo por casualidad.
El estatus independiente de UNIDROIT entre otras organizaciones intergubernamentales le ha dado al instituto la oportunidad de utilizar métodos de trabajo que han permitido a UNIDROIT convertirse en una organización que se ocupa principalmente de cuestiones jurídicas técnicas más que políticas.
Las nuevas tecnologías, las actividades comerciales, etc. requieren nuevas soluciones y, cuando los acuerdos son de carácter transnacional, deben armonizarse. La elección de un tema para la armonización o para la unificación depende en gran medida del deseo del estado de aceptar cambios en su legislación a favor de una regulación internacional más unificada de un tema en particular. Los argumentos legales y de otro tipo a favor de la armonización siempre deben sopesarse y evaluarse con precisión. También debe definirse claramente el ámbito de aplicación de las nuevas reglas unificadas, es decir, si se aplicarán únicamente a situaciones con un elemento internacional, o si también regularán las relaciones jurídicas internas nacionales.
Las normas uniformes emitidas por UNIDROIT, en relación con la estructura intergubernamental de la organización, suelen adoptar la forma de Convenios Internacionales que prevalecen sobre la legislación nacional de los estados signatarios a partir de la entrada en vigor del convenio. Sin embargo, la falta de entusiasmo entre los países miembros para implementar dichos convenios, así como un tiempo bastante largo para la entrada en vigor de estos convenios, también asociado con su implementación, ha llevado a un uso cada vez más frecuente de formas alternativas de regulación legal. Tales formas alternativas incluyen leyes modelo (modelo) que los países pueden tomar en cuenta al adoptar legislación nacional en materia de regulación, así como principios generales que están directamente dirigidos a jueces, árbitros y partes contratantes, quienes pueden determinarlos y utilizarlos por sí mismos. o no También se pueden nombrar guías jurídicas, dedicadas, por regla general, a las nuevas tecnologías empresariales, determinadas formas de contratación oa la organización de mercados tanto nacionales como internacionales. En general, la adopción de las denominadas normas de "hard law" (es decir, los Convenios) sólo es necesaria para regular las relaciones bilaterales subyacentes al derecho contractual, o en los casos en que se vean afectados intereses públicos o de terceros (como, por ejemplo, por ejemplo, en el caso de los derechos de propiedad).
Tan pronto como se incluyen ciertas relaciones jurídicas en el Programa de Trabajo de UNIDROIT, la Secretaría, a veces con la ayuda de expertos en un campo particular, prepara un estudio de viabilidad para un determinado proyecto y/o un informe legal comparativo preliminar para evaluar la necesidad y viabilidad de la reforma legal. En el caso de que se necesiten ciertos recursos financieros para la implementación de la reforma, se lleva a cabo una evaluación del aspecto económico del proyecto. El informe, que también puede contener un proyecto de futuros principios o reglas uniformes, se somete a la consideración del Consejo de Gobierno. Si el Consejo está satisfecho con el informe proporcionado, ordena a la Secretaría que establezca un grupo de estudio apropiado, tradicionalmente dirigido por un miembro del Consejo, para preparar una versión preliminar de la Convención u otro documento a partir de lo anterior. La membresía en tales grupos de estudio, generalmente compuesta por expertos, la determina la Secretaría, lo que crea la composición más equilibrada de representantes de diferentes sistemas legales y económicos, así como regiones geográficas.
Un proyecto de documento adoptable desarrollado por el grupo de estudio se presenta al Consejo de Gobierno para su aprobación y asesoramiento sobre los pasos a seguir en el futuro. Por lo general, cuando se presenta un proyecto de convención, la Secretaría convoca a un comité de expertos gubernamentales que procesa el proyecto de convención y lo presenta para su firma en una conferencia diplomática.
La membresía en los comités de UNIDROIT de expertos gubernamentales está abierta a todos los representantes de los países miembros de UNIDROIT. La Secretaría también podrá invitar a otros países, así como a ciertas organizaciones internacionales y asociaciones profesionales, a participar en el proceso en calidad de observadores. La versión preliminar del Convenio, luego de su tramitación por el Comité de Expertos Gubernamentales, se someterá entonces a la aprobación del Consejo Directivo. Normalmente, si el Consejo decide que el proyecto de Convención expresa el consenso entre los países que participaron en el comité de expertos gubernamentales y que la Convención tiene buenas posibilidades de ser adoptada en una conferencia diplomática, aprueba la transmisión del proyecto de Convención a la conferencia diplomática para establecer su estatus como Convención Internacional. Esta conferencia podrá ser convocada por uno de los estados miembros de UNIDROIT.
UNIDROIT mantiene estrechos contactos y vínculos con sus organizaciones hermanas, tanto intergubernamentales como no gubernamentales, que en la mayoría de los casos se concretan mediante la celebración de acuerdos de cooperación.
UNIDROIT también cuenta con una red de corresponsales tanto en países miembros como en países que no son miembros de UNIDROIT. Los corresponsales son designados por el Consejo de Gobierno de entre los abogados.