Democracia de la nobleza

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La democracia de la nobleza ( polaco Demokracja szlachecka ) es un sistema político que existió en los siglos XIV - XVI en el Reino de Polonia , y más tarde en la Commonwealth . Se caracterizó por la presencia de amplios derechos de la nobleza ( gentry ) en el gobierno del país.

La democracia noble con cierto grado de convencionalismo puede ser considerada como una variante de la democracia representativa con la diferencia de que no toda la población, sino sólo los nobles , eran considerados pueblo en la Commonwealth (según Aristóteles, con cierto grado de convencionalismo, tal forma de gobierno puede llamarse política). Al mismo tiempo, la Commonwealth no era una república (aunque se llamaba Commonwealth , es decir, una república), ya que el estado estaba encabezado por un monarca elegido de por vida . El derecho a elegir un monarca pertenecía al Sejm  , una asamblea representativa de la alta burguesía. La representatividad del Sejm estaba asegurada por la participación en su composición de diputados de asambleas más pequeñas de los gentry-zemstvo sejmiks . Los diputados eran elegidos por la nobleza, dos de cada condado , y recibían instrucciones del sejmik, que prescribía cómo debían votar en la dieta general (general). Después del final del Sejm general, se convocaron nuevamente sejmiks, en los cuales los diputados informaron a la nobleza ( sejmiks relacionales ).

Según los Estatutos de Neshava de 1454, los sejmiks recibieron amplios derechos del rey Casimiro IV Jagiellon para participar en los asuntos nacionales. El Sejm incluía al rey, miembros de la cabaña de la embajada y el senado . En la cabaña de la embajada, se sentaron 170 diputados elegidos en los sejmiks (pre-Seims). El Senado no era un organismo electo y estaba formado por miembros del Consejo Real: "caballeros de los alegres" (literalmente, "caballeros de los consejeros"). Estos incluyeron un número de altos dignatarios espirituales y seculares . El rey era considerado el tercer estado y convocaba reuniones. La Dieta General debía reunirse cada dos años por un período de seis semanas.

La constitución del 3 de mayo de 1791 contenía la ley "Sobre los sejmiks", que privaba a la golota (nobleza sin tierras) del derecho a participar en los sejmiks.

Las principales características de la democracia de la nobleza:

Ramas de poder :

Véase también

Literatura