La jurisprudencia de conceptos es la base del positivismo jurídico [1] [2] , que implica la derivación ( deducción ) de disposiciones jurídicas específicas a partir de conceptos generales, que veían en los conceptos la principal fuente de conocimiento [3] .
R. Iering se adhirió a la “jurisprudencia de los conceptos” desde aproximadamente los años 40 del siglo XIX. a mediados de los años 50 del siglo XIX. La "jurisprudencia de los conceptos" existió como la primera parte de las enseñanzas de Rudolf von Jhering .
“Los conceptos son productivos, se combinan y producen nuevos conceptos”, R. Iering.
La esencia de esta doctrina era la derivación de los dogmas de la jurisprudencia únicamente a partir de leyes lógicas.
Sobre la base del pensamiento sistémico, el análisis y la lógica en la jurisprudencia, se formó la llamada "jurisprudencia de los conceptos" de R. Iering. Además de R. Jhering, Friedrich Karl von Savigny y Georg Friedrich Puchta participaron en el desarrollo de la "Jurisprudencia de los conceptos" .