Paz de Westfalia

La versión actual de la página aún no ha sido revisada por colaboradores experimentados y puede diferir significativamente de la versión revisada el 24 de octubre de 2021; las comprobaciones requieren 8 ediciones .
Paz de Westfalia

Paz de Westfalia
(pintura de Gerard Terborch (1648))
fecha de firma 24 de octubre de 1648
lugar de firma
Fiestas Sacro Imperio Romano Germánico , Suecia , Reino de Francia , España , Suiza República de las Provincias Unidas
 Archivos multimedia en Wikimedia Commons

La Paz de Westfalia se refiere a dos acuerdos de paz - Munster y Osnabrück, firmados, respectivamente, el 15 de mayo y el 24 de octubre de 1648 . Terminaron la Guerra de los Treinta Años en el Sacro Imperio Romano Germánico y establecieron un nuevo sistema de relaciones internacionales .

En ocasiones, el tratado de paz entre España y las Provincias Unidas de los Países Bajos, firmado el 30 de enero de 1648 y que puso fin a la Guerra de los Ochenta Años , también se denomina Paz de Westfalia . Al mismo tiempo, los investigadores consideran las operaciones militares entre Holanda y España en 1625-1648 simultáneamente como parte tanto de la Guerra de los Treinta Años como de la Guerra de los Ochenta Años.

La Paz de Westfalia fue el resultado del primer congreso (reunión) diplomático moderno. Sentó las bases para un nuevo orden en Europa basado en el concepto de soberanía estatal . Los acuerdos afectaron al Sacro Imperio Romano Germánico, España, Francia, Suecia, los Países Bajos y sus aliados representados por los príncipes del Sacro Imperio Romano Germánico. Hasta 1806, las normas de los tratados de Osnabrück y Münster formaban parte del derecho constitucional del Sacro Imperio Romano Germánico.

La Paz de los Pirineos , firmada en 1659 , puso fin a la guerra entre Francia y España y se ve a menudo como la etapa final de la "unidad universal".

Lugar

Las negociaciones de paz tuvieron lugar en el territorio de la región histórica de Westfalia en el obispado católico de Munster y el obispado protestante de Osnabrück . A los efectos de la paridad confesional, la discusión de los términos de paz entre el emperador del Sacro Imperio Romano Germánico con los estados protestantes y Suecia se llevó a cabo en el obispado de Osnabrück, y con los estados católicos y Francia  en Münster.

Las negociaciones de paz entre Francia y los Habsburgo, aseguradas por el Sacro Imperio Romano Germánico y el rey español, se iniciaron en Colonia en 1636, pero fueron suspendidas por el cardenal Richelieu , quien luchó por la participación de todos los aliados, ya sea un estado independiente o un territorio dentro del Santo Imperio Romano. En Hamburgo y Lübeck, Suecia y el emperador estaban negociando un acuerdo de paz, pero Suecia -tras la intervención de Richelieu- los interrumpió y firmó el Tratado de Hamburgo con Francia.

En este momento, el Imperio y Suecia anunciaron las negociaciones en Colonia y el "Tratado de Hamburgo" como la parte introductoria de un acuerdo general de paz que se concluirá en las dos ciudades vecinas de Westfalia, Münster y Osnabrück, que se vuelven neutrales y desmilitarizadas para el duración de las negociaciones. Münster ha sido una ciudad estrictamente católica desde 1535, donde se reunió el capítulo del Principado-Obispado de Münster . No había lugares para el culto calvinista y luterano en la ciudad.

Osnabrück era una ciudad con una religión dual (luterana y católica), donde había dos iglesias luterana y católica. La gente del pueblo era predominantemente luterana, y solo los luteranos eran miembros del consejo de la ciudad; el capítulo del principado-obispado de Osnabrück estaba a cargo del clero y la población católica . En 1628-1633, Osnabrück fue ocupada por las tropas de la Liga Católica ; El príncipe-obispo Franz Wilhelm von Wartenberg llevó a cabo una contrarreforma en la ciudad, expulsando a muchas familias luteranas de la ciudad. Durante la ocupación sueca, los católicos de Osnabrück no fueron expulsados, pero la ciudad sufrió severamente las indemnizaciones suecas. Por esta razón, la ciudad esperaba un alivio significativo al volverse neutral y desmilitarizada.

Ambas ciudades lucharon por una mayor independencia, por convertirse en ciudades imperiales libres ; por lo tanto, saludaron las negociaciones de paz, su neutralidad y la prohibición de todas las influencias políticas de los partidos militares, incluidos sus propios príncipes-obispos feudales.

Dado que los luteranos suecos favorecían a Osnabrück, sus negociaciones de paz con el imperio, en las que participaron aliados de ambos lados, se llevaron a cabo en Osnabrück. El Imperio y su oponente Francia, incluidos sus aliados, así como la República de los Países Bajos y su oponente España mantuvieron negociaciones en Munster.

Delegaciones

El Congreso de Münster y Osnabrück reunió a 135 [1] diplomáticos que representaban los intereses de todos los países directa o indirectamente involucrados en la guerra. Las principales figuras entre ellos fueron:

Goles

El propósito del congreso de paz, que terminó con la firma de la Paz de Westfalia, fue el establecimiento de la paz, el arreglo de las relaciones a nivel internacional, confesional e intraimperial. En el curso del debate sobre las causas y objetivos de la guerra [5] , se identificaron cuatro [6] direcciones principales.

Reclamaciones de los estados imperiales

El problema de Donauwörth

Donauwörth , una de las  ocho ciudades libres e imperiales, estaba oficialmente habitada tanto por católicos como por protestantes; la mayoría de los habitantes eran protestantes. El 25 de abril de 1606, por primera vez, una procesión de católicos pasó por el centro de la ciudad con cruces y banderas ondeando. En enfrentamientos posteriores, muchos residentes resultaron heridos y se confiscaron banderas y reliquias católicas. Después de que se repitieran los enfrentamientos en abril de 1607, el consejo de la corte , con la aprobación del emperador Rodolfo II, declaró la desgracia imperial en relación con la ciudad de Donauwörth. Habiendo capturado la ciudad en 1608, Maximiliano I de Baviera la anexó a Baviera y, dentro del marco del principio de cujus regio, ejus religio, prohibió allí el protestantismo. Este evento fue una de las principales razones para la formación de la Unión Protestante , que provocó la Guerra de los Treinta Años.

Se decidió posponer el problema hasta el próximo Reichstag .

Sucesión Kleve-Julich

La muerte del último duque de Jülich-Cleve-Berg en 1609 se convirtió en la base para la división de su ducado. El elector de Brandeburgo, Johann Sigismund , y el conde palatino de Neuburg, Philipp Ludwig , reclamaron sus derechos sobre el ducado . El asunto se complicaba por el hecho de que un país grande, rico e importante por religión pertenecía a tres confesiones (católicas, luteranas, calvinistas), las relaciones entre las cuales se agravaron al extremo: ninguna parte quería dar una región tan rica a otra. . Estalló la Guerra de Sucesión de Cleves y la lucha por Jülich se libró durante la Guerra de los Treinta Años.

Derechos legales del Reichshofrat

El consejo de la corte imperial ( alemán: Reichshofrat ), junto con la corte cameral imperial, era uno de los dos órganos judiciales más altos del Sacro Imperio Romano Germánico. La competencia exclusiva del consejo de la corte incluía asuntos relacionados con los feudos imperiales , así como los privilegios, derechos y regalías otorgados por el emperador a los estados imperiales u otros sujetos de la ley imperial. Al igual que el tribunal cameral, el consejo de la corte era un medio para ejercer los derechos judiciales supremos del emperador, pero a diferencia del tribunal cameral, formado por los estados y controlado por el Reichstag, el consejo de la corte seguía siendo una institución judicial y reportaba directamente al emperador. . El papel del consejo aumentó especialmente durante el período de confrontación confesional en el imperio a principios del siglo XVII. En 1608, los miembros católicos de la corte de la cámara imperial se negaron a reconocer a un presidente protestante y la actividad de esta sala de la corte se suspendió temporalmente. Los casos judiciales de allí se transfirieron cada vez más al consejo de la corte, que constaba en su totalidad de asesores imperiales (católicos). Por lo tanto, el emperador tenía una oportunidad de facto de administrar todo el sistema judicial, y las posibilidades de absolución contra los protestantes se redujeron a cero.

Se decidió posponer el problema hasta el próximo Reichstag.

Derechos constitucionales del emperador

A pesar de que durante cada elección el emperador prestaba juramento sobre la constitución del imperio , su poder no se basaba en la constitución, sino en la fuerza, como ejemplifican los reinados de Fernando II y Fernando III , participantes directos en los Treinta Años. Guerra y todos los emperadores Habsburgo desde Carlos V. Este estado de cosas llevó a muchos príncipes (principalmente protestantes) a formar un partido de constitucionalistas dentro del imperio, que se opuso a las decisiones del emperador tan pronto como su poder comenzó a debilitarse. La creación de la Unión Evangélica y la Liga Católica también fueron motivadas por la intención de los príncipes de crear sus propios bloques militares para oponerse al emperador.

La posición de los calvinistas

La Paz Religiosa de Augsburgo de 1555 igualó los derechos de católicos y luteranos. Sin embargo, su texto no contenía criterios claros para clasificar una denominación profesa como luterana: se entendía que los luteranos eran personas que profesaban la Confesión de Augsburgo de 1530 y "miembros relacionados confesionales". Esta reserva permitió más tarde a los calvinistas reclamar también la legitimidad y la plena participación en el sistema estatal del imperio, que se encontró con muchas protestas de los príncipes católicos e incluso luteranos.

Al inicio del congreso, Fernando III acordó reconocer el calvinismo como la tercera religión del imperio [7] . Sin embargo, luego se negó rotundamente a permitir la religión protestante en las tierras de los Habsburgo y se dirigió al Papa en busca de apoyo [8] . Después de la derrota del archiduque Leopoldo en la batalla de Lans, el emperador se vio obligado a aceptar el acuerdo religioso propuesto [9] .

Reparto de tierras entre los príncipes católicos y protestantes del imperio

Tanto los protestantes como los católicos exigieron una revisión de la secularización de las tierras de la iglesia. Suecia, en particular, quería organizar una redistribución territorial a gran escala del imperio para reducir el equilibrio entre católicos y protestantes a una proporción igual o incluso inversa (como quería Gustav II Adolf [10] ). La presencia de una fuerte oposición católica (Francia, Emperador, España, Papado), sin embargo, proporcionó el fortalecimiento de la posición de los católicos en el imperio.

Los católicos reclamaron sus derechos sobre todas las tierras que pertenecían a la iglesia en 1627, los protestantes exigieron el regreso a la situación en 1618. El diplomático del elector de Sajonia , Johann Georg, los convenció de aceptar el retorno del statu quo el 1 de enero de 1624.

Términos de la amnistía para los rebeldes

La conclusión de la paz supondría una amnistía para los cautivos y exiliados, cuyo destino los beligerantes decidieron cuidar de antemano. En particular, se propuso:

Satisfacción de reclamos territoriales

Suecia exigió Pomerania , con menos insistencia: Silesia , así como Wismar , los obispados de Bremen y Verden y dinero para la disolución del ejército. Francia reclamó Alsacia , Breisach , confirmó los derechos a los obispados de Metz , Toul y Verdun , y en la Italia imperial quería hacerse con la fortaleza de Pinerolo .

Compensación por pérdida de derechos de propiedad y posesiones

En el caso de que Suecia reciba Pomerania, el Elector de Brandeburgo debe recibir una compensación adecuada por la pérdida. La misma compensación para el Elector de Baviera estaba implícita si el Palatinado regresaba a los herederos de Federico V.


Cada país participante perseguía sus propios objetivos: Francia  - romper el cerco de los Habsburgo españoles y austríacos , Suecia  - lograr la hegemonía en el Báltico , el Sacro Imperio Romano Germánico y España  - lograr las concesiones territoriales más pequeñas posibles.

Condiciones del contrato

Disposiciones legales del contrato

  • Todos los participantes en el congreso reconocieron las disposiciones de la paz religiosa de Augsburgo de 1555 y rechazaron las disposiciones del edicto de restitución , confirmaron el derecho de los príncipes a cambiar a voluntad tanto su fe como la fe de sus súbditos. Se dieron garantías de igualdad a católicos y protestantes en ciudades tradicionalmente y explícitamente divididas como Augsburgo y Ratisbona [11] .
  • A los cristianos que profesan una religión distinta de la religión oficial del Principado en el que viven se les ha garantizado la libertad de culto.
  • Todos los países participantes en el congreso reconocen la responsabilidad de cualquier acción militar como parte de su soberanía, lo que ha impuesto la prohibición de la emisión de cartas de marca y ha hecho más transparente la política exterior de los países.

Disposiciones territoriales y de propiedad del tratado

  • No estaba claro si la propia ciudad de Bremen estaba incluida en el condado sueco de Bremen-Ferden. Con la llegada del dominio sueco, la ciudad solicitó el estatus imperial . El emperador aprobó la petición, separando así a Bremen de las tierras del obispado que la rodeaban. Al no haber logrado la obediencia de la ciudad, el gobierno sueco en 1653 desató la guerra Sueco-Bremen [14] .
  • El tratado tampoco indicaba claramente cómo debían dividirse las tierras de Pomerania entre Suecia y Brandeburgo . En el congreso de Osnabrück, ambos bandos declararon sus pretensiones sobre todo el ducado, que había estado bajo el dominio de Suecia desde 1630 , pero que fue disputado por Brandeburgo. Conflictocontinuó hasta que en 1653 las partes acordaron una nueva frontera [15] .
  • Las disposiciones del tratado obligaron al Ducado de Mecklenburg a transferir Wismar y las tasas portuarias a los suecos. Los suecos firmaron el acuerdo, dándose cuenta de que se trataba de tarifas de todos los puertos de Mecklenburg, mientras que los duques de Mecklenburg y el emperador consideraron que los suecos solo podían reclamar tarifas de Wismar [15] .
  • La pequeña ciudad de exclave de Wildeshausen , a través de la posesión de la cual Suecia reclamó un asiento en la asamblea del distrito de Westfalia, fue desafiada inmediatamente por el obispado de Münster . [quince]

Resultados y trascendencia de la Paz de Westfalia

La Paz de Westfalia resolvió las contradicciones que condujeron a la Guerra de los Treinta Años :

  • La Paz de Westfalia igualó los derechos de católicos y protestantes (calvinistas y luteranos), legalizó la confiscación de tierras eclesiásticas realizada antes de 1624 y abolió el principio anterior cujus regio, ejus religio , en lugar del cual se proclamó el principio de tolerancia religiosa. , que redujo aún más la importancia del factor confesional en las relaciones entre estados, pero al mismo tiempo consolidó la fragmentación de Alemania.
  • Las desembocaduras de los ríos más grandes del norte de Alemania quedaron bajo el control real de Suecia. Durante un tiempo, Suecia se convirtió en una gran potencia europea, dominando el Báltico e influyendo en los estados alemanes.
  • Habiendo recibido Alsacia, Francia comenzó a dominar el Rin.
  • La Paz de Westfalia puso fin al deseo de los Habsburgo de expandir sus posesiones a expensas de los territorios de los estados y pueblos de Europa Occidental y socavó la autoridad del Sacro Imperio Romano Germánico : a partir de ese momento, el antiguo orden jerárquico de relaciones internacionales, en el que el emperador alemán era considerado superior en rango entre los monarcas, fue destruido, y los jefes de los estados independientes de Europa, que tenían el título de reyes, fueron igualados en derechos con el emperador.
  • Según las normas establecidas por la Paz de Westfalia, el papel principal en las relaciones internacionales, que antes pertenecía a los monarcas, pasó a los estados soberanos.

Véase también

Notas

  1. Meiern, Johann Gottfried von. Acta Pacis Westphalicae. - Hannover, 1734. - Pág. 9 (I).
  2. Baltische Studien. - C. passim, (IV, V).
  3. Meiern, Johann Gottfried von. Acta Pacis Westphalicae. - Hannover, 1734. - S. 231-232 (II).
  4. Breucker, G. Die Abtretung Vorpommerns an Schweden. —Halle, 1879.
  5. Meiern, Johann Gottfried von. Acta Pacis Westphalicae. - Hannover, 1734. - S. 75 (II).
  6. Wedgwood, S. V. La Guerra de los Treinta Años. - Moscú: AST, 2013. - S. 519.
  7. Meiern, Johann Gottfried von. Acta Pacis Westphalicae. - Hannover, 1734. - T. II. - Pág. 8-11.
  8. Friedensburg, W. - T. IV. - S. 251, 254.
  9. Wedgwood, S. V. La Guerra de los Treinta Años. - Moscú: AST, 2013. - Pág. 543. - ISBN 978-5-17-077244-5 .
  10. ver Norma Futurarum Actionum
  11. Wedgwood, S. V. La Guerra de los Treinta Años. - Moscú: AST, 2013. - Pág. 533. - ISBN 978-5-17-077244-5 .
  12. Böhme, Klaus-R. Die sicherheitspolitische Lage Schwedens nach dem Westfälischen Frieden // Der Westfälische Frieden von 1648: Wende in der Geschichte des Ostseeraums  (alemán) / Hacker, Hans-Joachim. - Kovac, 2001. - S. 35. - ISBN 3-8300-0500-8 .
  13. Böhme, Klaus-R. Die sicherheitspolitische Lage Schwedens nach dem Westfälischen Frieden // Der Westfälische Frieden von 1648: Wende in der Geschichte des Ostseeraums  (alemán) / Hacker, Hans-Joachim. - Kovac, 2001. - S. 36. - ISBN 3-8300-0500-8 .
  14. Böhme, Klaus-R. Die sicherheitspolitische Lage Schwedens nach dem Westfälischen Frieden // Der Westfälische Frieden von 1648: Wende in der Geschichte des Ostseeraums  (alemán) / Hacker, Hans-Joachim. - Kovac, 2001. - S. 37. - ISBN 3-8300-0500-8 .
  15. 1 2 3 Böhme, Klaus-R. Die sicherheitspolitische Lage Schwedens nach dem Westfälischen Frieden // Der Westfälische Frieden von 1648: Wende in der Geschichte des Ostseeraums  (alemán) / Hacker, Hans-Joachim. - Kovac, 2001. - S. 38. - ISBN 3-8300-0500-8 .
  16. Wedgwood, S. V. La Guerra de los Treinta Años. - Moscú: AST, 2013. - S. 532.
  17. Gross, Leo. La paz de Westfalia, 1648-1948  (inglés)  // American Journal of International Law : diario. - 1948. - Vol. 42 , núm. 1 . - Pág. 20-41 [pág. 25] . -doi : 10.2307/ 2193560 .

Enlaces