Votos eternos

Votos eternos ( lat.  Profesiones perpetuas ), votos permanentes - en el catolicismo - votos hechos para toda la vida, y no por un período específico (votos temporales - lat.  Profesiones temporariae ); por lo general, estamos hablando de votos monásticos , a través de los cuales esta o aquella persona se asigna a la institución monástica correspondiente (ver Institutos de vida consagrada ), una orden o congregación .

Según el Código de Derecho Canónico vigente (can. 658), una persona que haya cumplido los 21 años y haya emitido previamente votos temporales durante al menos tres años puede emitir votos perpetuos en una u otra institución religiosa. Hay instituciones cuyos estatutos no exigen la emisión de votos eternos, sino temporales, regularmente renovados.

Literatura