Privación de agua y fuego.

La versión actual de la página aún no ha sido revisada por colaboradores experimentados y puede diferir significativamente de la versión revisada el 28 de marzo de 2021; las comprobaciones requieren 2 ediciones .

La privación de agua y fuego [1] ( en latín  aquae et ignis interdictio , o en latín  ignis et aquae interdictio [2] ) es un tipo de sanción penal prevista por el derecho romano [3] . Tradicionalmente impuesta por una tribuna popular . Registrado desde la época de la Primera Guerra Púnica , cayó en desuso durante el período del primer imperio .

Hipótesis y disposición

La difusión de la cultura y la educación helenísticas en el siglo I a. mi. contribuyó seriamente a la transformación de la moral romana. El reblandecimiento de las duras instituciones de los antepasados ​​también afectó al sistema judicial, en particular, al sistema de castigos: obviamente evolucionó hacia una mayor humanidad. La pena de muerte es en realidad una cosa del pasado. Según la costumbre, el acusado de cometer un delito podía, sin esperar al final del proceso, marchar al exilio. En el siglo I a.C. mi. este castigo fue formalizado, quedando registrado en una serie de leyes penales de Lucius Cornelius Sulla . Sin embargo, no se sabe en qué medida este reblandecimiento afectó a los estratos inferiores de la sociedad romana: al fin y al cabo, las fuentes aparecen principalmente representantes de los estamentos senatorial y ecuestre [4] . Se prescribía la privación de agua y fuego para los siguientes delitos [5] :

  1. Delitos contra la grandeza del pueblo romano , o contra la República. Esto incluyó acciones encaminadas a reducir la grandeza de los dioses , la ciudad , el senado, el abandono del ejército, así como el levantamiento contra los magistrados , intentos de quitarlos, menospreciando el poder de los tribunos. La interpretación judicial de los delitos fue muy diversa (el propio concepto de derogación se introdujo en el 102 a. C. ). Una ley especial de Julio César dio una calificación detallada, que incluía en las usurpaciones de la grandeza del pueblo romano la transferencia de tierras o personas al enemigo, el apoyo del enemigo, la liberación de prisioneros, la deserción , las conspiraciones.
  2. El abuso de la tesorería del Estado  es un tipo de malversación que consiste, por ejemplo, en el robo de bienes sagrados, la violación de la integridad de las murallas y fortificaciones de la ciudad. La ley antigua se adhirió a la práctica de designar el exilio para esto, y de la ley de Julio César, también se usó aquí la privación de agua y fuego.
  3. La violencia pública , que comprendía los actos que impedían al magistrado el ejercicio de sus funciones, así como todo lo que perturbase la tranquilidad pública. Las acusaciones de violencia contra particulares (no relacionadas ni con injurias ni con apropiación de bienes, que se consideraban agravios privados ), también se trasladaron aquí posteriormente. Los culpables de violencia pública fueron castigados con la privación de agua y fuego, en casos privados, con la confiscación de 1/3 de la propiedad y la privación del honor ( lat.  infamia ).
  4. El fraude , que incluía una amplia variedad de delitos: desde la falsificación hasta el abuso de confianza en transacciones privadas, pasando por medir, pesar, hacer testamentos falsos, etc.

Sanción

El convicto estaba sujeto a expulsión de los límites del estado romano, perdía su capacidad jurídica civil y todos sus bienes estaban sujetos a confiscación . Estaba prohibido brindarle cualquier tipo de asistencia (dar comida, cobijo). En caso de devolución no autorizada, estaba fuera de la ley , es decir, podía ser asesinado con impunidad por cualquier persona.

Casos notables

Véase también

Notas

  1. También en la literatura en idioma ruso hay una variante de la traducción prohibición / prohibición de agua y fuego .
  2. Ignis et aquae interdictio // Diccionario enciclopédico de Brockhaus y Efron  : en 86 volúmenes (82 volúmenes y 4 adicionales). - San Petersburgo. , 1890-1907.
  3. Sliozberg G. B. Exile // Diccionario enciclopédico de Brockhaus y Efron  : en 86 volúmenes (82 volúmenes y 4 adicionales). - San Petersburgo. , 1890-1907.
  4. Khrustalev V. K. “Homines duri et molesti”: actitud hacia los fiscales judiciales en la sociedad romana durante la República tardía. Boletín del PSPU, número 13. . Consultado el 20 de junio de 2013. Archivado desde el original el 9 de marzo de 2016.
  5. Omelchenko O. A. Historia general del estado y el derecho. Libro de texto. Volumen 1. M .: TON - Ostozhye, 2000. . Fecha de acceso: 20 de junio de 2013. Archivado desde el original el 25 de julio de 2014.
  6. Tito Livio . Historia desde la fundación de la ciudad . Periochi, LXVII.
  7. Plutarco . Biografías Comparadas . Cicerón, 32.
  8. Cornelio Tácito . Anales , III, 22-23.
  9. Bartoszek, 1989 , pág. 189.
  10. Bartoszek, 1989 , pág. 194.
  11. Bartoszek, 1989 , pág. 191.

Literatura