Reorganización de una persona jurídica : extinción de una persona jurídica, que implica el surgimiento de una relación de sucesión legal de personas jurídicas, como resultado de la cual se crean simultáneamente una o varias nuevas, y / o la extinción de una o varias personas jurídicas anteriores. entidades _ Se lleva a cabo en forma de fusión , adhesión , escisión , separación o transformación .
La reorganización se lleva a cabo por decisión de los fundadores (participantes) o del órgano de la persona jurídica autorizado para ello por los documentos constitutivos. En algunos casos, la reorganización de las personas jurídicas se lleva a cabo por decisión de los órganos estatales autorizados o del tribunal , o con el consentimiento de los órganos estatales autorizados. En caso de reorganización, los fundadores (participantes) de una persona jurídica o el órgano que tomó la decisión sobre la reorganización de una persona jurídica están obligados a notificar por escrito a los acreedores de la persona jurídica reorganizada, y ellos, a su vez, tienen la derecho a exigir la extinción o el cumplimiento anticipado de la obligación, cuyo deudor es esta persona jurídica, y daños y perjuicios.
Tipos de reorganización: | creación de nuevas o terminación de entidades legales existentes | |||
creación de uno | múltiple | terminación de uno | terminación de varios | |
fusión de organizaciones | + | — | — | + |
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adhesión de la organización | — | — | + | + |
división de la organización | — | + | + | — |
separación de la organización | + | + | — |
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transformación de la organización | + | — | + | — |