Convención Única sobre Estupefacientes

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La Convención Única sobre Estupefacientes de 1961 (modificada en 1972) es un documento internacional de las Naciones Unidas adoptado en la Conferencia de la ONU, cuyo objetivo es restringir el acceso a los productos del cannabis ( marihuana , hachís y similares), la cocaína ( junto con otros ésteres de ecognina) y opio ( morfina , heroína , codeína , etc.) excepto para fines médicos. Reemplazó al Convenio de París de 1931.

Conferencia de las Naciones Unidas para adoptar una Convención Única sobre Estupefacientes

La Conferencia se llevó a cabo en vista del establecimiento por resolución 1395 (XIV) de la Asamblea General de la ONU de eventos especiales sobre la provisión de asistencia técnica en el campo del control de drogas.

El Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas , por resolución 689 J (XXVI) del 28 de julio de 1958, decidió, de conformidad con el Artículo 62, párrafo 4, de la Carta de las Naciones Unidas y con las disposiciones de la resolución 366 de la Asamblea General ( IV) de 3 de diciembre de 1949, para convocar una conferencia de plenipotenciarios, a fin de adoptar una Convención Única sobre Estupefacientes, reemplazando los tratados multilaterales existentes en esta materia por un documento único, para reducir el número de órganos de tratados internacionales responsables exclusivamente de la control de estupefacientes, y establecer control sobre la producción de materias primas de estupefacientes.

La Conferencia de las Naciones Unidas para la Adopción de una Convención Única sobre Estupefacientes se celebró en la Sede de las Naciones Unidas del 24 de enero al 25 de marzo de 1961. Representantes de 73 estados participaron en el trabajo.

Los siguientes organismos especializados de las Naciones Unidas estuvieron representados en la Conferencia:

Los siguientes organismos internacionales estuvieron representados en la Conferencia:

También estuvieron representadas en la Conferencia las siguientes organizaciones no gubernamentales:

El resultado del trabajo de la Conferencia fue la adopción de 5 resoluciones para la adopción de la Convención Única sobre Estupefacientes, así como el acuerdo sobre el texto de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961.

Conferencia de la ONU de 1972

El Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, Tomando nota de que se han propuesto enmiendas a la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961 y teniendo presente el artículo 47 de dicha Convención, decidió en su resolución 1577 (L) de 21 de mayo de 1971 convocar, de conformidad con el párrafo 4 del Artículo 62 de la Carta de las Naciones Unidas, la Conferencia de Plenipotenciarios para considerar todas las enmiendas propuestas a la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961.

La Conferencia de las Naciones Unidas para examinar las enmiendas a la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961 se celebró en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra del 6 al 24 de marzo de 1972.

97 estados estuvieron representados en la Conferencia por sus representantes. 5 países estuvieron representados por observadores.

El resultado del trabajo de la Conferencia fue la adopción de 5 resoluciones para considerar enmiendas a la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, así como la aprobación del texto del protocolo de la Convención.

Contenidos de la Convención

Los medios a controlar se enumeran en cuatro listas:

Listas en la "lista amarilla" de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes.

Funcionamiento de la Convención

Hasta febrero de 2018, 186 países han firmado la Convención.

Véase también

Enlaces