Un grupo protegido o una clase protegida en las leyes de algunos países es una categoría de personas que están sujetas a una protección especial por ley, política de la empresa u otros. En los EE. UU., el término se usa a menudo en el campo del empleo.
En el caso de que exista discriminación contra un grupo protegido, un solo caso de discriminación puede calificar como discriminación por varios motivos. Por ejemplo, la discriminación basada en el antisemitismo puede ser discriminación basada en la religión, o discriminación basada en el origen nacional, o ambas. [una]
Las leyes federales de EE. UU. protegen a las personas contra la discriminación o el acoso en función de una de las nueve clases protegidas: género, raza, edad, discapacidad, color, origen nacional, religión e información genética (agregado en 2008).
Muchas leyes estatales también brindan a ciertos grupos protegidos una protección especial contra el acoso o la discriminación; lo mismo se aplica a las normas internas de muchas empresas. Aunque las leyes federales no exigen tal requisito, las leyes estatales y las políticas de la empresa también pueden proteger a los empleados del acoso o la discriminación por motivos de estado civil u orientación sexual. [1] Las siguientes opciones están "protegidas" por la Ley Federal contra la DiscriminaciónEE.UU:
Los estados individuales pueden crear sus propias clases para la protección bajo la ley estatal.
Los presidentes estadounidenses también emitieron órdenes ejecutivas que prohibían que el gobierno de los EE. UU. y sus contratistas consideraran ciertos atributos en las decisiones de empleo. Estos incluyen la Orden Ejecutiva 112461969 Orden ejecutiva presidencial de EE. UU. 114781969 Orden ejecutiva presidencial de EE. UU. 130871998 Orden ejecutiva presidencial de EE. UU. 132792003 y Decreto Ejecutivo 136722014.