El principio de dualidad en la teoría de conjuntos es una declaración sobre las propiedades de las operaciones en conjuntos.
Sea dado un conjunto . Considere el sistema de todos sus subconjuntos . Es verdadera la siguiente proposición: si es verdadero el teorema sobre los subconjuntos del conjunto , el cual se formula utilizando únicamente las operaciones de unión ( ), intersección ( ) y complemento ( ), entonces el teorema obtenido de éste reemplazando la operación de unión e intersección con las operaciones de intersección y unión, respectivamente, también es verdadera, el conjunto vacío es el conjunto y el conjunto es el conjunto vacío.
De este (correcto) teorema, por el principio de dualidad, se puede obtener un enunciado similar con la siguiente igualdad: .
De este (correcto) teorema, por el principio de dualidad, se puede obtener un enunciado similar con la siguiente igualdad: .
Es importante señalar que el principio de dualidad es aplicable solo en los casos en que el enunciado del teorema postula la igualdad de dos expresiones sobre conjuntos; en otros casos, puede ser violado. Por ejemplo, para cualquier subconjunto y conjunto es cierto que ; sin embargo, la afirmación dual ( ) es falsa.