Provocación (derecho civil)

Provocación (obsoleto, del latín  provocatio ad [agendum]  - llamado a [acción]) - en derecho civil , obligar al demandante a presentar una demanda contraria a la regla general, en virtud de la cual la presentación o no presentación de una demanda y el mismo término para presentar un reclamo queda enteramente a discreción del demandante. Actualmente no está en uso.

Origen

Dos formas de provocación pasaron del derecho romano a los tiempos modernos:

Transición al establecimiento de reclamaciones

Históricamente, las leyes de los países europeos y, después de ellos, el Imperio Ruso (en la ley Osteis de 1889) sustituyeron las provocaciones por el establecimiento de reivindicaciones . En la pretensión de establecimiento se contempla el reconocimiento tanto de la inexistencia como de la existencia de una relación jurídica entre estas personas. Tal demanda no tiene por objeto otorgar al demandado ciertas acciones o abstenerse de ellas, sino solo reconocer por el tribunal una relación jurídica incluso antes de que hayan surgido los motivos para presentar una demanda con carácter general (por ejemplo, resolver la cuestión de la autenticidad o no autenticidad de un documento incluso antes de la fecha de vencimiento de este documento).

Literatura

De ESBE: