Paul Johann Anselm Ritter von Feuerbach | ||||
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Alemán Paul Johann Anselm Ritter von Feuerbach | ||||
Fecha de nacimiento | 14 de noviembre de 1775 [1] [2] [3] […] | |||
Lugar de nacimiento | ||||
Fecha de muerte | 29 de mayo de 1833 [1] [2] [3] […] (57 años) | |||
Un lugar de muerte | ||||
País | ||||
Esfera científica | criminología | |||
Lugar de trabajo | ||||
alma mater | ||||
Titulo academico | doctorado | |||
Premios y premios |
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Paul Johann Anselm Ritter von Feuerbach ( en alemán: Paul Johann Anselm Ritter von Feuerbach ; 14 de noviembre de 1775 , Heinichen - 29 de mayo de 1833 , Fráncfort del Meno ) fue un criminólogo alemán . El hijo mayor de Christina Krause y el abogado Johann Anselm Feuerbach, que no estaban casados. Padre del filósofo Ludwig Feuerbach .
Después de recibir un doctorado en derecho, fundó, junto con Grolman y Almedingen , la "Biblioteca de derecho penal", que se publica periódicamente. En 1801 fue nombrado profesor de la Universidad de Jena ; pronto se trasladó a la Universidad de Kiel , donde ocupó sucesivamente los departamentos de derecho natural, penal, estatal y romano; Este período incluye el mayor número de sus investigaciones y trabajos científicos. Dos años más tarde se mudó a Bavaria , recibiendo una cátedra en la Universidad de Landshut . En 1805 recibió el encargo de redactar un borrador del código penal bávaro; al mismo tiempo recibió un alto cargo en el Ministerio de Justicia de Baviera. Después de redactar un proyecto, que recibió fuerza de ley en 1813, Feuerbach fue nombrado presidente del tribunal de apelación. En 1821 viajó a Francia para el estudio más detallado de la legislación francesa.
Feuerbach es el primero de los criminólogos que desarrolló completa y exhaustivamente la cuestión de la imputación legal. En la doctrina de la finalidad y los objetivos del castigo, Feuerbach es un representante de la teoría de la coerción mental, que de otro modo podría denominarse teoría de la intimidación mediante la amenaza de castigo contenida en el derecho penal. El objetivo de la organización estatal es garantizar el orden basado en la ley. Esta orden es violada por un acto criminal. El Estado tiene el derecho y la obligación de tomar todas las medidas para prevenir el delito. Debido a la insuficiencia de medidas de influencia moral para ello, el Estado recurre a medidas coercitivas. Estos incluyen: en primer lugar, la coerción física, por la cual Feuerbach entiende la eliminación de las condiciones que conducen a la comisión de delitos; en segundo lugar, la coerción mental, que consiste en la amenaza del castigo por parte de la ley penal. La fuente de los crímenes está en la sensualidad. Al realizar una acción, cualquiera que sea, la persona se guía por ciertos motivos; al cometer un delito, tiene en mente la idea de la satisfacción que su acto le puede dar. Para prevenir la comisión de delitos, es necesario contrarrestar cada impulso delictivo con una ley penal que amenaza con un sufrimiento mayor que el placer que el delincuente espera. Para la mayoría de las personas, la impresión mental producida por la ley penal por sí sola es suficiente; si en tal o cual caso prevalecieron los impulsos criminales, entonces el culpable debe ser juzgado y castigado.
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