Gestión externa

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La gestión externa  es un sistema de medidas para la recuperación de una empresa que se ha declarado insolvente [1] . En un sentido más estricto, es un procedimiento en un caso de quiebra aplicado a un deudor para restaurar su solvencia [2] con la transferencia de la autoridad para administrar el deudor a un administrador externo . Además de la gestión externa de los bienes del deudor, la ley puede prever un procedimiento de reorganización que implique la prestación de asistencia financiera a la empresa deudora [2] .

Desde la introducción de la gestión externa, el jefe de la persona jurídica deudora siempre es destituido de su cargo . En este caso, la gestión de los asuntos del deudor se confía a un administrador externo.

Para que el administrador externo pueda comenzar a cumplir efectivamente las obligaciones que le han sido asignadas para administrar los asuntos del deudor, los órganos de administración del deudor están obligados a transferir al administrador la contabilidad y otra documentación de la persona jurídica, sellos y timbres, material y otros objetos de valor dentro de los tres días. El tribunal de arbitraje nombra un administrador externo simultáneamente con la introducción de la administración externa.

Procedimiento de control externo

El propósito de la gestión externa es la recuperación financiera de la empresa.

La gestión externa se introduce sobre la base de la decisión de la junta de acreedores.

El plazo de implantación de la gestión externa es de 18 meses, prorrogable en un máximo de 6 meses. (FZ "Sobre la insolvencia (quiebra)").

El procedimiento para introducir el control externo

1. La administración externa se establece por un tribunal de arbitraje sobre la base de una decisión de una junta de acreedores, excepto en los casos previstos por esta Ley Federal . [3]

2. La gestión externa se introduce por un período no mayor de dieciocho meses, que podrá prorrogarse en la forma prescrita por esta Ley Federal por un máximo de seis meses, salvo disposición en contrario de esta Ley Federal [4] .

La decisión sobre la introducción o ampliación del plazo de administración externa es de ejecución inmediata y puede ser apelada en la forma establecida por el inciso 3 del artículo 61 de esta Ley Federal.

Consecuencias de la introducción del control externo

  1. Extinción de poderes del jefe del deudor. Estas facultades corresponden al administrador externo.
  2. Extinción de facultades de los órganos de administración del deudor.
  3. Introducción de una moratoria sobre la satisfacción de los créditos de los acreedores.

Gerente externo

Derechos de un administrador externo

administrador externo - un administrador de arbitraje aprobado por el tribunal de arbitraje para realizar la gestión externa y ejercer otras facultades establecidas por esta Ley Federal

— Artículo 2. Conceptos básicos utilizados en esta Ley Federal
  1. Disponer de los bienes del deudor de acuerdo con el plan de administración externa.
  2. Celebrar un acuerdo de liquidación en nombre del deudor.
  3. Declarar una renuncia a las obligaciones contractuales del deudor.
  4. Presentar reclamaciones al tribunal para el reconocimiento de las transacciones del deudor como inválidas si se celebraron en violación de las leyes de quiebra.

Responsabilidades de un administrador externo

  1. Asumir la administración de los bienes del deudor y realizar un inventario de los mismos.
  2. Desarrollar un plan de gestión externa y presentarlo a la junta de acreedores.
  3. Contabilidad, contabilidad y presentación de informes financieros y estadísticos.
  4. Oposición a las reclamaciones contra el deudor.
  5. Tomar medidas para cobrar las cuentas por cobrar .
  6. Llevar un registro de los créditos de los acreedores.
  7. Implementar adecuadamente el plan que presentó a la junta de acreedores.
  8. Proporcionar un informe intermedio y final sobre la implementación del plan.

Liberación de un administrador externo

1. Un administrador externo puede ser relevado por un tribunal de arbitraje del desempeño de las funciones que le han sido asignadas en un caso de quiebra: a petición de un administrador externo;
sobre la base de una decisión del órgano colegiado de gobierno de la organización autorreguladora de síndicos calificados, a petición de la organización autorreguladora de síndicos calificados, de la cual es miembro;

en los demás casos previstos por esta Ley Federal.

— Artículo 97. Liberación de un gerente externo (cláusula 1 modificada por la Ley Federal del 30 de diciembre de 2008 N 296-FZ) [5]

Resultados de la gestión externa

Con base en los resultados del informe del síndico externo, el tribunal arbitral deberá emitir una de las siguientes decisiones:

  1. Terminación de los procedimientos de insolvencia.
  2. acuerdo mundial .
  3. Ampliación del plazo de gestión externa.
  4. Negativa a aprobar el informe del gestor externo. Se nombra un nuevo gerente externo.
  5. Introducción del procedimiento concursal .

Notas

  1. Arkhangelsky, 2008 .
  2. 1 2 3 En Rusia, este procedimiento está regulado por la ley federal 127-FZ del 26 de octubre de 2002; ver: Artículo 2. Conceptos básicos utilizados en esta Ley Federal
  3. Sobre insolvencia (quiebra): Ley Federal del 26 de octubre de 2002 No. 127-FZ Copia de archivo del 11 de noviembre de 2007 en Wayback Machine // Collection of Legislation., 2002., No. 43., Art. 4190.
  4. Según la LEY FEDERAL "SOBRE LA INSOLVENCIA (QUIEBRA)" del 26 de octubre de 2002 N 127-FZ
  5. Artículo 97. Liberación de un administrador externo (cláusula 1 modificada por la Ley Federal del 30 de diciembre de 2008 N 296-FZ) [1] Copia de archivo fechada el 27 de enero de 2013 en Wayback Machine

Literatura