La Comunidad de Ultramar ( en francés , Collectivité d'outre-mer , COM ) es una división administrativa de primer nivel de Francia. Este tipo de unidad administrativa se introdujo como resultado de la reforma constitucional del 28 de marzo de 2003, algunos antiguos "territorios de ultramar", así como comunas con un estatus especial, fueron reclasificados como "comunidades de ultramar".
El estatuto de "comunidad de ultramar" está establecido por el artículo 74 de la Constitución francesa. Las "comunidades de ultramar" no incluyen
Las comunidades de ultramar tienen derechos ampliados en comparación con los departamentos ordinarios, en particular, tienen autonomía aduanera y fiscal, y tienen un sistema de seguridad social separado de la metrópoli.
Aunque las comunidades de ultramar forman parte de la República Francesa, están sujetas (a excepción de San Pedro y Miquelón, San Bartolomé y San Martín) a un régimen jurídico especial, según el cual las leyes adoptadas en Francia no les son aplicables, a menos que específicamente mencionado. Como resultado, en muchas áreas, las comunidades de ultramar se gobiernan de manera diferente al resto de Francia.
Las comunidades de ultramar tienen gobiernos locales cuya autonomía está garantizada internacionalmente. A diferencia de los "departamentos de ultramar", las "comunidades de ultramar" (excepto San Martín) no forman parte de la Unión Europea y no están incluidas automáticamente en los tratados y acuerdos internacionales firmados y ratificados por Francia. Las comunidades de ultramar pueden celebrar acuerdos internacionales de forma independiente (generalmente a nivel regional en relación con la economía y el medio ambiente).
Actualmente, Francia tiene cinco comunidades de ultramar:
Hasta 2011, Mayotte tenía el estatus de "comunidad de ultramar" , pero el 31 de marzo de 2011 cambió su estatus a "departamento de ultramar" [1] .