Accidente (derecho marítimo)

Avería común ( ing.  general common ) - en derecho marítimo , situación que requería la donación de parte de la carga o equipo para salvar el buque , la carga y el flete ; también el daño ocasionado por esta situación [1] .

Las pérdidas por avería gruesa se distribuyen entre el propietario del buque, todos los propietarios de la carga, independientemente de quién haya sacrificado la carga.

Las pérdidas, gastos y contribuciones de avería gruesa están asegurados de acuerdo con las normas internacionales de seguros de carga .

Señales de avería gruesa

Para clasificar las pérdidas como avería gruesa, los costos y pérdidas deben ser:

Tipos de avería gruesa

Existen los siguientes tipos de accidentes generales:

En las condiciones modernas de transporte marítimo, que alguna vez se consideraron ejemplos clásicos de avería gruesa, los casos de sacrificio de parte de la propiedad o carga del buque (tirar la carga por la borda, quemar equipos del buque en lugar de combustible, inundar un buque en llamas, etc.) son relativamente raros. Debido al aumento del tamaño de los barcos, la expansión de la red portuaria , la creación en muchos países de servicios y organizaciones de salvamento especializadas, la mejora de las comunicaciones, es mucho más probable que los armadores recurran a otras formas de salvar el barco y la carga. del peligro general: utilizar los servicios de salvadores, ingresar a un puerto de refugio, etc.

Reglas de York-Amberes

El principal acto jurídico internacional que regula las relaciones en avería común son las Reglas de York-Amberes.

El primer intento de unificación internacional de las reglas de avería gruesa se realizó en el siglo XIX, cuando se celebró una conferencia en La Haya en 1860 , y en 1864 se adoptaron en York las reglas de avería gruesa de York . Fueron revisadas en Amberes en 1877 , refinadas en York en 1890, y desde entonces se las ha llamado Reglas de York-Amberes. En el siglo XX, las Reglas de York-Amberes se revisaron varias veces: en 1924 , 1950 , 1974 y 1994  .

Accidentes generales y particulares

Las pérdidas que se produzcan por una u otra razón durante el transporte marítimo se dividen en dos tipos según el derecho marítimo: avería común y avería particular. Se entiende por accidente privado el daño no intencional causado a una nave o carga [3] Las consecuencias jurídicas de los accidentes generales y privados son diferentes. Las pérdidas que constituyen un accidente privado se atribuyen a quien las incurrió (el armador, porteador o dueño de la carga), o al responsable de causarlas [4] . Los gastos o donaciones atribuidos a avería gruesa se distribuirán entre todos los participantes en el transporte en proporción al valor del buque, carga o flete. Las pérdidas por avería gruesa se distribuyen entre todos los participantes en el transporte incluso en el caso de que el peligro que originó los gastos extraordinarios o las donaciones surja por culpa de un tercero o de uno de los participantes en el contrato de transporte marítimo - cláusula 3 del artículo 285 del Código de la Marina Mercante de la Federación Rusa.

Notas

  1. Efimov S.L. Accidente general // Economía y Seguros: Diccionario Enciclopédico . - Moscú: Zerich-PEL, 1996. - S. 7. - 528 p. — ISBN 5-87811-016-4 .
  2. Ver Regla A de las Reglas de York-Amberes de 1994.
  3. V. V. Tulinov, V. S. Gorin. Accidente privado // Seguros y gestión de riesgos: Diccionario terminológico . - Moscú: Nauka, 2000. - S. [503] (stb. 565). — ISBN 5-02008-388-7 .
  4. Efimov S.L. Accidente privado // Economía y Seguros: Diccionario Enciclopédico . - Moscú: Zerich-PEL, 1996. - S. 8. - 528 p. — ISBN 5-87811-016-4 .

Literatura

Enlaces