Coadjutor

Coadjutor , Coadjutor Bishop ( Coadjutor ) - un obispo titular católico (es decir, que tiene el rango de obispo , pero no es una diócesis ordinaria ), designado por la Santa Sede a una determinada diócesis para llevar a cabo funciones episcopales junto con un obispo diocesano con el derecho a heredar la sede episcopal (KKP , canon 403 § 3) [1] .

En el caso de que un obispo no pueda hacer frente a todas las responsabilidades de administrar una diócesis, uno o más obispos vicarios (también llamados obispos asistentes) o un obispo coadjutor pueden ser designados para ayudarlo. Las razones para el nombramiento de obispos auxiliares pueden ser el territorio significativo de la diócesis, lo que dificulta que una sola persona desempeñe funciones episcopales, la edad y salud del obispo gobernante, etc. [2]. La principal diferencia entre un obispo-coadjutor y los obispos vicarios es la herencia automática de la cátedra por parte del coadjutor; desde el momento en que queda vacante la sede episcopal, el obispo coadjutor, sin más instrucciones de la Santa Sede, se convierte en obispo reinante de la diócesis a la que fue nombrado (Código de Derecho Canónico, canon 409 § 1) [1] .

El obispo vicario auxiliar, además de carecer del derecho a heredar la sede episcopal, tiene un rango de poderes más reducido que el coadjutor [2] . Además, puede haber varios obispos vicarios, mientras que el coadjutor en una diócesis particular puede ser uno solo (lo que se deriva del derecho a heredar la sede). Tanto los obispos coadjutores como los vicarios, después de su nombramiento, se convierten en obispos titulares , es decir, reciben una sede titular condicional, que una vez existió en la Iglesia, pero que ahora no existe [3] .

Los derechos y deberes generales de un obispo coadjutor están determinados por las disposiciones del Código de Derecho Canónico (cánones 403-411) [1] , las disposiciones más específicas relativas a un obispo coadjutor en particular están determinadas por el documento de su nombramiento. Es deber indispensable cooperar con el obispo diocesano en todo lo relacionado con la administración de la diócesis, consultarle en los asuntos más importantes, ejercer funciones episcopales bajo la dirección del obispo diocesano y sustituirlo en su ausencia. El obispo diocesano gobernante está obligado a dar preferencia al obispo coadjutor sobre los obispos vicarios (si los hubiere) cuando sea necesario delegar poderes de particular importancia [2] .

Notas

  1. 1 2 3 Código de Derecho Canónico en el sitio web de la Santa Sede . Fecha de acceso: 23 de diciembre de 2017. Archivado desde el original el 6 de febrero de 2015.
  2. 1 2 3 "Coadjutor" // Enciclopedia Católica . T.2. M.: 2005. Arte. 1133-1134
  3. "Obispo titular" // Enciclopedia católica . T.4. M.: 2011. Arte. 1353-1354

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