Convenio del Consejo de Europa sobre la Protección de los Niños contra la Explotación y el Abuso Sexual

La versión estable se desprotegió el 21 de agosto de 2022 . Hay cambios no verificados en plantillas o .
Convenio del Consejo de Europa sobre la Protección de los Niños contra la Explotación y el Abuso Sexual
fecha de firma 25 de octubre de 2007
lugar de firma Lanzarote , Islas Canarias , España
Entrada en vigor 1 de julio de 2010
firmado 47
Fiestas 34
Almacenamiento Secretario General del Consejo de Europa
Idiomas inglés , francés

El Convenio del Consejo de  Europa sobre la Protección de los Niños contra la Explotación y el Abuso Sexual ( CETS No. 201, CETS No. 201) es un acuerdo internacional propuesto por el Consejo de Europa para que lo firme cualquier país, que prevé la introducción de la responsabilidad penal. para la explotación sexual de niños . El primer acuerdo internacional que también tiene como objetivo evitar que la explotación se produzca en el hogar o la familia.

Disposiciones de la Convención

Los países que han ratificado la Convención acuerdan criminalizar la actividad sexual con niños menores de edad , independientemente del contexto. Además, la Convención obliga a tipificar como delito la participación, la coacción o el uso de la prostitución infantil (artículo 19) y la producción [1] , provisión, distribución, adquisición, posesión [1] , acceso [2] a pornografía infantil (artículo 20 ; incluidas imágenes de un niño participando en actos sexualmente explícitos e imágenes de los genitales de un niño con fines sexuales). Se proponen una serie de medidas para prevenir la explotación sexual de los niños.

Firma y entrada en vigor

El convenio fue concluido y firmado el 25 de octubre de 2007 en Lanzarote ( Islas Canarias , España ). Todos los países participantes en el Consejo de Europa han firmado el acuerdo, el último de ellos fue la República Checa (julio de 2014). [3] La convención entró en vigor el 1 de julio de 2010 después de la ratificación por cinco estados.

Miembros de la Convención

Hasta mayo de 2020, el acuerdo ha sido ratificado por los siguientes 47 países [4] :

A pesar de que la convención fue desarrollada para los países miembros del Consejo de Europa, está abierta para ser firmada por cualquier estado del mundo.

Notas

  1. 1 2 La aplicación parcial o la no aplicación es posible cuando se representa a un niño inexistente; o para su uso privado por parte de niños que hayan alcanzado cierta edad
  2. Es posible la aplicación parcial o la no aplicación
  3. Estado Convenio del Consejo de Europa sobre la Protección de los Niños contra la Explotación y el Abuso Sexual (ETS No: 201) . Consejo de Europa . Fecha de acceso: 26 de enero de 2015. Archivado desde el original el 15 de diciembre de 2014.
  4. Cuadro de firmas y ratificaciones del Tratado 201 Convenio del Consejo de Europa sobre la Protección de los Niños contra la Explotación Sexual y el Abuso  Sexual . Oficina de Tratados . Consejo de Europa (05/11/2020). Consultado el 11 de mayo de 2020. Archivado desde el original el 21 de septiembre de 2018.

Literatura

Enlaces