Relación legal constitucional - un tipo de relación legal entre un ciudadano y el estado, entre las autoridades federales y las autoridades de los sujetos, otros sujetos, relacionados con la satisfacción de sus intereses por medios constitucionales y legales.
Relaciones jurídico constitucionales - relaciones públicas , reguladas por las normas del derecho constitucional.
Estas relaciones se caracterizan por objetos tales como: la libertad , la dignidad humana, la vida , la integridad del Estado, el poder del Estado , etc., así como por fuentes específicas, que son la Constitución , el tratado federal , las leyes constitucionales federales , etc.
Las relaciones jurídicas constitucionales son una especie de relaciones de derecho público, y por tanto se caracterizan por tener un alto potencial político, es decir, actúan como una forma jurídica de las relaciones políticas , y en ese sentido, expresan los intereses de distintos grupos sociales , lo fundamental intereses de la sociedad en su conjunto.
La estructura de la relación constitucional-jurídica comprende tres elementos:
Las características de las relaciones constitucionales y legales son:
El contenido de las relaciones en consideración consiste en contenido de hecho y de derecho.
El contenido jurídico son los derechos y obligaciones jurídicos subjetivos de sus partícipes, los cuales están determinados por la norma del derecho constitucional.
El contenido real es la conducta real de los sujetos de la relación jurídica constitucional dentro de los límites de los derechos y obligaciones jurídicos subjetivos otorgados.
En el contenido legal, el derecho subjetivo de las relaciones constitucionales y jurídicas es una medida de la conducta permitida de una persona que está dotada de este derecho.
Sujetos de las relaciones constitucionales y jurídicasLos sujetos de las relaciones constitucionales y jurídicas son partícipes de las relaciones públicas que tienen personalidad jurídica constitucional , en virtud de la cual, al producirse un determinado hecho jurídico, pueden ser partícipes de las relaciones constitucionales y jurídicas.
Los sujetos pueden ser:
Cada sujeto tiene sus propios derechos individuales y obligaciones inherentes únicamente a ellos.
Todas las responsabilidades se dividen en:
Los derechos y obligaciones de los sujetos están determinados por una determinada capacidad jurídica y capacidad jurídica .
Capacidad legal : la capacidad de tener derechos y obligaciones de acuerdo con las normas de la ley estatal (viene desde el momento del nacimiento).
Capacidad jurídica : la capacidad de ejercer sus derechos y obligaciones de forma independiente, por sus acciones personales y conscientes (se inicia después de alcanzar cierta edad, lo que permite ejercer de forma independiente uno u otro derecho establecido por las normas de la ley estatal).
Objetos de las relaciones constitucionales y jurídicasEl objeto de la relación constitucional-jurídica es el sujeto sobre el cual surge la relación .
Los objetos de las relaciones constitucionales y jurídicas se dividen en:
Beneficios materiales (propiedad) (propiedad, tierra, etc.) Beneficios no materiales (dignidad personal, libertad, vida, etc.)
Las relaciones constitucionales y jurídicas se pueden dividir en 4 grupos:
Considerando y analizando diversa literatura, se puede notar que existen varias clasificaciones de relaciones constitucionales y jurídicas.
Según el método de individualización de sujetosSegún el método de individualización de los sujetos, las relaciones constitucionales y jurídicas se dividen en: generales y específicas. Las relaciones jurídicas generales son relaciones jurídicas basadas en tales derechos y obligaciones generales, cuyos sujetos no tienen una individualización nominal.
Según las funciones de las normasSegún las funciones de las normas a partir de las cuales surgen las relaciones constitucionales y jurídicas, estas últimas se dividen en: relaciones jurídicas normativas y tutelares. Las relaciones regulatorias surgen como resultado de la conducta lícita de sus sujetos sobre la base de la operación de las normas regulatorias, a través de las cuales se realizan sus derechos y obligaciones. Las relaciones de protección surgen como resultado del comportamiento ilegal de los sujetos sobre la base de normas legales protectoras, a través de ellas se implementan medidas de responsabilidad legal y medidas de protección de derechos subjetivos .
Según la naturaleza de los derechos y obligacionesLas relaciones regulatorias, según la naturaleza de los derechos y obligaciones de los sujetos y las variedades de normas constitucionales y legales regulatorias, se dividen en relaciones jurídicas : tipo activo y pasivo. Las relaciones constitucionales y jurídicas de tipo pasivo se forman sobre la base de normas autorizantes y prohibitivas y se caracterizan por la obligación pasiva del sujeto obligado de respetar los derechos de otra persona o de cumplir la prohibición establecida.
Por tipoPor tipo, la división de las relaciones constitucionales y jurídicas corresponde al sujeto del derecho constitucional como rama del derecho. Deben distinguirse cuatro grupos de relaciones sociales que son objeto del derecho constitucional ruso:
Según la trascendencia jurídica, se distinguen condicionalmente relaciones constitucionales y jurídicas materiales y procesales. Sin embargo, cabe señalar que el proceso de aplicación de la ley se basa en la combinación de relaciones materiales y procesales, ya que cualquier autoridad material ( derecho , libertad , obligación) solo puede ejercerse en un determinado orden procesal. Por lo tanto, las normas sustantivas y procesales en el derecho constitucional no existen la una sin la otra.
En la ciencia del derecho constitucional también se utilizan otras clasificaciones de relaciones constitucionales y jurídicas.
El surgimiento, cambio y extinción de las relaciones constitucionales y jurídicas está asociado a la presencia de hechos jurídicos . Se diferencian de las relaciones sociales ordinarias en que conllevan determinadas consecuencias jurídicas.
Los hechos jurídicos se dividen en:
Las acciones jurídicas son circunstancias relacionadas con la actividad humana, la manifestación de su voluntad. Las acciones legales se dividen en: lícitas (en cumplimiento de las normas legales) ilegales (en violación de las normas legales)
Los hechos jurídicos son circunstancias que no dependen de la voluntad de las personas. ( Nacimiento , muerte , enfermedad , etc.)
Hay bastantes conceptos de relaciones constitucionales y legales. Consideremos algunos de ellos. En la literatura constitucional y legal, la definición de "relaciones constitucionales y legales" se da de manera bastante uniforme y uniforme. La relación jurídica constitucional suele definirse como una relación social regulada por las normas del derecho constitucional .
Si nos dirigimos a los trabajos de V. S. Osnovin, en su opinión, la naturaleza de las relaciones legales estatales es la siguiente:
* relaciones estatales-legales: este es un determinado concepto legal que, como cualquier concepto, es solo una imagen subjetiva del mundo objetivo, solo un indicador de una clara realidad objetiva en la mente de una persona;
Cabe señalar que Osnovin S. V. criticó a aquellos funcionarios que reducían la regulación legal de las relaciones públicas a la definición de los derechos y obligaciones de sus participantes. Según sus obras, “el derecho estatal regula la formación misma de los órganos de gobierno y el procedimiento mismo para el ejercicio del poder en el estado. El derecho estatal , por tanto, regula un tipo especial de relaciones sociales , a saber, las relaciones de dominación”. Pero este punto de vista no encontró apoyo.
Levin ID hizo uno de los primeros intentos de determinar las características de las relaciones entre el estado y el derecho. Según sus obras, “el derecho estatal regula la formación misma de los órganos de gobierno y el procedimiento mismo para el ejercicio del poder en el estado. El derecho estatal regula, pues, un tipo especial de relaciones sociales, a saber, las relaciones de dominio. Pero este punto de vista no encontró apoyo entre los estadistas.
Kravchuk S. S. argumentó: “En primer lugar, la ley estatal no se limita solo a regular la formación de órganos de gobierno y el procedimiento para ejercer el poder en el estado, define la competencia de las autoridades estatales, regula sus actividades, y no solo el procedimiento para sus actividades . En segundo lugar, un tipo especial de relaciones sociales reguladas por el derecho estatal no puede reducirse a relaciones de dominación. Las relaciones de poder se caracterizan por el poder de un lado y la subordinación de este poder al otro lado. Por supuesto, entre las relaciones públicas reguladas por el derecho estatal, existen tales relaciones, pero es imposible reducir todas las relaciones reguladas por el derecho estatal a relaciones de poder ... También hay que tener en cuenta que las relaciones de poder también existen entre las relaciones públicas . regulados por otras ramas del derecho soviético, en particular el derecho administrativo , y, por tanto, no son específicos de las relaciones jurídico-estatales. Pero este punto de vista tampoco fue aceptado y fue criticado.
Kotov VF sugirió que la reducción del sujeto de la ley estatal a las relaciones que surgen en el proceso de ejercicio del poder estatal reduce el sujeto de la ley estatal.
Baglai M.V. creía que las "relaciones jurídicas y constitucionales" no son tan obvias como, por ejemplo, el derecho civil o el procedimiento penal, rara vez se convierten en un objeto especial de consideración para los tribunales generales ... Pero estas relaciones jurídicas , aunque a veces invisibles, determinan sin embargo la relación entre personas y autoridades, es decir, establecer un equilibrio de derechos y obligaciones, y recibir tutela judicial del órgano de justicia constitucional ”. Los elementos de las relaciones jurídicas son idénticos a los elementos de las relaciones jurídicas que se generan en otras ramas del derecho . por otras ramas del derecho .