Combatiente ilegal

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Un combatiente ilegal  es una persona que participa en hostilidades o conflictos armados en violación de las leyes de la guerra o del derecho internacional humanitario . El concepto se refiere tanto a los civiles como al personal militar ( combatientes ) que no cumplen con los requisitos para ser combatientes legales.

De acuerdo con la Convención de Ginebra , los combatientes ilegales detenidos no están cubiertos por el concepto de prisionero de guerra , están sujetos a enjuiciamiento penal de acuerdo con la ley interna del estado que detuvo a esa persona [1] .

Un combatiente ilegal puede ser reconocido como una persona que se unió a las hostilidades sin ser formalmente parte de las fuerzas armadas o milicias de un estado hostil, o que es un soldado, pero que actúa vestido de civil o con el uniforme del enemigo. En una situación de combate real, no es raro que los combatientes ilegales no sean hechos prisioneros, siendo fusilados en el acto sin juicio ni investigación.

Ya en 1894, M. I. Dogel señaló que la primera y necesaria condición para reconocer a una persona como combatiente legal es su participación en las hostilidades en nombre y en interés del estado en cuyas filas de combatientes ingresa.

Un combatiente legal debe cumplir con las siguientes condiciones:

En la práctica judicial, el término "combatiente ilegal" se utilizó por primera vez en la decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso Ex parte Quirin de 1942. La Corte Suprema de los Estados Unidos ha indicado que los combatientes legales están sujetos a captura y detención como prisioneros de guerra por parte de las fuerzas armadas del bando contrario. Los combatientes ilegales también pueden ser capturados y detenidos, pero están sujetos a enjuiciamiento por participación ilegal en un conflicto armado.

Después de los ataques del 11 de septiembre de 2001, el término "combatiente ilegal" pasó a ser ampliamente utilizado en el contexto de la " Guerra contra el Terror " declarada por Estados Unidos. Se señaló que los miembros de los talibanes y Al-Qaeda no son combatientes legales ni civiles y, por lo tanto, no están protegidos por el derecho internacional humanitario y tienen derecho a un trato humano solo en el marco de la promesa presidencial sobre su humanidad. tratamiento.

Sin embargo, el apartado 3 del art. El Protocolo adicional 45 a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales del 8 de junio de 1977 establece que toda persona que haya tomado parte en las hostilidades que no tenga derecho al estatuto de prisionero de guerra y quien no goce de un trato más favorable, tiene derecho en todo caso a la protección prevista en el art. 75 de este Protocolo, que establece un mínimo obligatorio de garantías para aquellas categorías de personas que no tienen derecho a protección general ni especial (prohibición de asesinato, tortura, trato vejatorio) [2] [3] .

Véase también

Notas

  1. ↑ Declaración oficial del CICR : La relevancia del DIH en el contexto del terrorismo . Archivado el 29 de noviembre de 2006 en Wayback Machine , el 21 de julio de 2005.
  2. El concepto de "combatiente ilegal" y su estatus legal en el derecho internacional humanitario . Consultado el 23 de junio de 2022. Archivado desde el original el 23 de junio de 2022.
  3. Problemas de regular el estatus de "combatientes ilegales" en el derecho internacional humanitario . Consultado el 23 de junio de 2022. Archivado desde el original el 23 de junio de 2022.