Consulado de la República Romana (1798-1799)

El consulado de la República Romana de 1798-1799 ( en italiano:  Consoli della Repubblica romana ) es el máximo órgano ejecutivo de la República Romana , cuyos miembros (cónsules) actuaban alternativamente como jefe de estado.

El consulado como supremo poder ejecutivo de la República romana

La República Romana surgió en 1798 en el territorio del abolido Estado Pontificio tras su ocupación por el ejército francés y fue una de las repúblicas hijas de la República Francesa. Creada por las autoridades de ocupación francesas, la república recibió una constitución redactada por representantes franceses sobre el modelo de la constitución francesa del año III , pero lejos de repetirla en todo.

En la Constitución de la República Romana del 20 de marzo de 1798, la sección VI "Poder Ejecutivo" ( ital.  Titolo VI. Potere esecutivo ) fue dedicada al Consulado. El artículo 134 de la Constitución establecía que el poder ejecutivo en la república residía en 5 cónsules designados conjuntamente por los consejos legislativos (Tribunato y Senado) en nombre de la nación  ). Los cónsules que integraban el Consulado estaban obligados a velar por la seguridad interior y exterior de la República con base en sus leyes, promulgar leyes y dirigir las fuerzas armadas de la república (artículo 147) [1] .

Cónsules

Los cónsules pueden ser ciudadanos de la república no menores de 35 años, casados ​​o viudos (art. 136). Al mismo tiempo, el artículo 6 de la Constitución limitaba el círculo de ciudadanos romanos de la siguiente manera: “Toda persona nacida y residente en la República romana, que tenga 20 años, que esté incluida en las actas del estado civil, que tenga vivido durante un año en el territorio de la República y paga impuestos directos y personales, se convierte en ciudadano romano" ( Art. 6 italiano  - Ogni uomo nato e dimorante nella repubblica romana, il quale compiti i vent'un anni, si è fatto segnare nel registro civico, e ha quindi dimorato un anno nel territorio della repubblica e paga una contribuzione diretta di fondo o di persona, diviene cittadino romano. ) . El cónsul no podía ausentarse por más de cinco días sin el permiso especial de sus colegas y no podía, bajo ninguna circunstancia, estar a más de cuatro miriámetros de la residencia del Consulado , que estaba a 28 millas o 852 pasos (40 kilómetros) de Roma (artículo 166) [2] . El consulado disponía de una guardia permanente (guardia, ( italiano  guardia abituale ), mitad formada por infantería , mitad por caballería , y que se mantenía a expensas de la República (art. 168). La guardia acompañaba a los cónsules durante las procesiones públicas y ceremonias, marcha adelante (Art. 169);

Los cónsules de la República Romana debían ser mantenidos y habitados a expensas de la república en el mismo edificio (art. 174), para el mantenimiento de cada uno de ellos por año se asignaban fondos por valor de 15.000 miriagramos de grano, o 639 rublos (antigua medida italiana de peso, igual a 294,46 litros) (Art. 175) [1] .

Elección de cónsules

Los cónsules eran elegidos separada y sucesivamente por el Senado de una lista de seis candidatos presentada por el Tribunado. La lista se redujo a dos candidatos, de los cuales se eligió al cónsul en votación secreta (artículo 135). El procedimiento se repitió hasta la plena formación del Consulado de 5 cónsules. De acuerdo con el artículo 137, los cónsules no podían ser nombrados de los miembros de los Consejos Legislativos y de las personas que fueran cónsules y ministros, pero este artículo entró en vigor recién a partir del año XII de la era republicana , es decir, no antes de septiembre de 1803 . . (En Francia, por el contrario, a partir del 8º año, los directores pueden ser elegidos sólo de este contingente, de conformidad con el artículo 135 de la Constitución del 3º año [3] ). A partir del primer día del año VIII (es decir, a partir del 23 de septiembre de 1799 ), los miembros de los consejos legislativos no podían ser elegidos cónsules ni nombrados ministros antes de un año después del término de su mandato (artículo 138). El Consulado debía renovarse consistentemente mediante el nombramiento de un nuevo cónsul en reemplazo del que había cumplido su mandato de cinco años, y en los primeros cuatro años de existencia del Consulado, los primeros cónsules designados fueron eliminados por sorteo (Artículo 139). El cónsul podía ser reelegido por un nuevo período, pero no antes de cinco años después (artículo 140). Asimismo, los familiares de los cónsules en ascendencia y descendencia, sus hermanos, tíos, sobrinos, primos, etc., no podrán ser cónsules en la misma composición del Consulado, aunque podrán ser elegidos para el mismo después de cierto número de años. después de la terminación de los poderes de un pariente (Art. .141). Si el cónsul moría, renunciaba o por cualquier otra causa dejaba su cargo, los consejos legislativos elegían a su sucesor en el plazo de diez días. De estos, se dieron cinco días al Tribunado para la selección de candidatos y cinco días al Senado para las elecciones. El nuevo cónsul era elegido sólo por el resto del mandato de su predecesor, sin embargo, si este resto era inferior a seis meses, sus poderes se extendían a los siguientes cinco años (artículo 142). La constitución de la República romana (a diferencia de la francesa) también preveía un procedimiento acelerado para la elección de cónsules: si era necesario nombrar más de dos cónsules, el Tribunado y el Senado debían realizar todos los trámites necesarios en cuatro días ( Art. 143) [1] .

Actividades y poderes de los cónsules

El jefe del Consulado era el Presidente, elegido por turnos de tres meses de entre los cinco cónsules en funciones (así, en la República Romana, cambiaban cuatro jefes del poder ejecutivo durante el año). El Presidente tenía derecho a firmar y conservar el sello de la República. Todas las leyes y actas de los consejos legislativos se enviaban al Consulado en su nombre (artículo 144). El consulado podía tomar decisiones si tres de los cinco cónsules estaban presentes en su reunión (artículo 145). El consulado podía elegir un secretario para realizar las labores de oficina, sin embargo, estas funciones también podían encomendarse a uno de los cónsules (artículo 146). Los cónsules comandaban colectivamente las fuerzas armadas de la República, y ninguno de ellos podía tomar el mando por sí solo ni durante su mandato ni en los dos años siguientes (art. 147). El consulado nombraba un comandante en jefe, que no podía ser nombrado de entre los familiares de los cónsules conforme al art. 141 (art. 149). El consulado también aprobaba todos los nombramientos hasta el grado de capitán (los nombramientos por debajo del grado de capitán estaban determinados por una ley separada, art. 150) y podía cancelar la asignación de un grado militar de cualquier grado (art. 151).

Los cónsules estaban obligados a proteger y hacer cumplir las leyes por la administración y en los tribunales a través de los prefectos consulares designados por ellos (art. 152). El consulado también tenía la facultad, por orden, de detener o arrestar inmediatamente a cualquier persona si recibía información sobre una conspiración contra la seguridad del Estado, pero estaba obligado a entregar a los arrestados a las autoridades judiciales dentro de las 24 horas (Art. 148). ) [4] .

Para gobernar el Estado, el Consulado nombraba de 4 a 6 ministros (Art. 155), quienes, sin formar Consejo de Ministros (Art. 156), ejercían la dirección de las autoridades inferiores (Art. 154) sobre la base de las leyes y órdenes de los cónsules (art. 157). Los cónsules nombran en cada departamento cuestores encargados de la recaudación de los impuestos (art. 158), así como los encargados de la recaudación de los impuestos indirectos y de la administración de los bienes nacionales (art. 159) [1] .

Jurisdicción de los cónsules

Ninguno de los cónsules, ni el Consulado en su conjunto, podía ser juzgado por ninguna de las cámaras legislativas, salvo en número de casos (art. 162). Los cónsules estaban sujetos a las garantías de los miembros de los consejos legislativos, especificadas en el art. 114 a 126 de la Constitución de 20 de marzo y los procedimientos legales especificados en estos artículos. La jurisdicción de los cónsules y diputados fue determinada por el art. 114 (en el caso de un asesinato y ser sorprendido en la escena del crimen) y el art. 116 (traición a la patria, intenciones anticonstitucionales y otros delitos contra la seguridad del Estado) (artículo 160). En el caso de que fueran juzgados más de dos cónsules, los consejos legislativos debían elegir su reemplazo provisional (art. 161) [1] .

La interacción del consulado con la legislatura

Toda demanda de informe o aclaración del Senado y del Tribunado debía presentarse por escrito al Consulado (art. 163). Los cónsules presentan anualmente al Tribunado y al Senado informes escritos separados sobre los gastos públicos, el estado de las finanzas y los abusos revelados (art. 164). Por otra parte, el Consulado podía en cualquier momento proponer por escrito al Tribunado y al Senado para considerar cualquier asunto, pero no podía presentar proyectos de ley sobre este asunto (artículo 165). El consulado tenía dos enviados de estado ( italiano :  messaggeri di stato ), a quienes podía nombrar y destituir. Los enviados tenían derecho a asistir a las reuniones del Tribunado y del Senado y les transmitían los mensajes de los cónsules. La aparición de los enviados en los consejos legislativos fue precedida por la llegada allí de sus dos pretores ( apparitori italianos  ) (Art. 172) [1] .

Diferencias entre los poderes ejecutivos de las repúblicas francesa y romana

La Constitución de la República Romana del 20 de marzo de 1798, aunque se inspiró en la Constitución francesa del año III, sin embargo, tenía diferencias, como ya se señaló anteriormente. Si en Francia el supremo poder ejecutivo se llamaba Directorio , en la República romana, en homenaje a la antigua tradición, se llamaba Consulado. Si en la República Romana los cónsules debían tener al menos 35 años, casados ​​o viudos (artículo 136), en Francia, los miembros del Directorio podían ser personas que no tenían menos de 40 años, y su estado civil no se especificaba ( Artículo 134 de la Constitución del año III [3] ). En la sección VI de la constitución romana, no había una serie de artículos relativos a las colonias (artículos 155-156 de la Constitución del año III [3] ), ya que la República romana no tenía colonias, y tampoco había artículos prohibiendo a los titulares del máximo poder ejecutivo salir del territorio de la república durante dos años después de su renuncia sin permiso de las cámaras legislativas (artículos 157-158 de la Constitución del año III [3] ).

Teniendo en cuenta el tamaño, la economía y la subordinación de la República romana, la asignación anual del cónsul se redujo en más de treinta veces en comparación con la remuneración de un miembro del Directorio: de 500.000 miriagramos de grano [3] a 15.000 miriagramos [1] .

Al mismo tiempo, muchos artículos de las dos Constituciones relacionados con el poder ejecutivo se reflejan mutuamente (por ejemplo, los artículos 144-145 de la Constitución de la República Romana [1] y los artículos 141-142 de la Constitución francesa del año III [ 3] ).

Historia

Por primera vez, los cónsules de la República Romana fueron nombrados el primer día de su existencia, el 15 de febrero de 1798, por un período hasta la adopción de la constitución. El 20 de marzo del mismo año se formó un Consulado permanente de cinco cónsules. Los cónsules fueron elegidos principalmente entre los llamados romanos. profesiones liberales: el cónsul temporal Carlo Luigi Costantini (1739-1799) fue abogado [5] , su colega Gioachino Pessuti (1743-1814) fue un matemático que estudió en San Petersburgo [6] , Ennio Quirino Visconti [7]  fue un famoso arqueólogo e historiador, Angelo Stampa y Domenico Maggi - comerciantes.

El poder real de los cónsules estaba severamente limitado, ya que el poder supremo del comandante del ejército francés, que podía hacer cualquier nombramiento y aprobar leyes, también estaba legalmente reconocido en la república (artículo 369 de la Constitución de 20 de marzo) [8 ] [9] .

Actuando formalmente como guardianes de la seguridad de la República Romana, los cónsules no pudieron resistir ni la constante retirada por parte de Francia de los recursos financieros de la República y sus bienes nacionales, ni las actividades incontroladas de las sociedades comerciales francesas en su territorio [10] . Pronto, las autoridades romanas en varios niveles, sin la sanción de Francia, comenzaron a gravar arbitrariamente a la población con tasas y préstamos forzosos, propiedad nacional apropiada, etc. [11] . En estas condiciones, ya en abril de 1798, las autoridades republicanas y el ejército francés tuvieron que hacer frente a levantamientos armados en los departamentos [10] , y en septiembre de 1798, dos meses antes de la primera caída de la República, los cónsules hicieron circular un llamamiento en el que señalaron que “las leyes no se cumplen, la administración pública está inactiva, y cada comuna parece una república aislada, ajena a los intereses de la gran familia” [12] .

La segunda parte del Consulado, formada ya en septiembre de 1798, se vio obligada a huir de Roma antes de que el ejército napolitano ocupara la ciudad el 27 de noviembre , pero fue devuelta al poder el 12 de diciembre por las tropas francesas del general Jean-Étienne Championnet [13] .

Después de la caída final de la República romana en 1799, ninguno de los cónsules temporales o permanentes volvió a aparecer en la arena política de Italia, y el más famoso de los cónsules, Ennio Quirino Visconti, emigró a Francia en 1799, donde se desempeñó como interino. del Louvre y se dedicaba a la investigación científica. Después de la caída del dominio francés en Italia en 1814, las figuras que colaboraban con las autoridades de ocupación, incluido el ex cónsul Gioachino Pessuti, fueron condenadas al ostracismo por el Estado Pontificio restaurado.

Lista de cónsules de la República Romana (1798-1799)

Cónsules temporales ( 15 de febrero  - 20 de marzo de 1798 )

Ordenar Nombre (ruso) Nombre  (italiano)
una. briganti berganti
2. carlo luigi costantini carlo luigi costantini
3. Pío Camilo, duque de Bonelli Crescensi Pío Camilo, duque Bonelli-Crescenzi
cuatro Gioacchino Pesuti Gioacchino Pesuti
6. antonio bassi antonio bassi
7. Domenico Maggi Domenico Maggi
ocho. Ángelo Stampa Ángelo Stampa
9. liborio angelucci liborio angelucci

Primer Consulado ( 20 de marzo  -septiembre de 1798 )

Ordenar Nombre (ruso) Nombre  (italiano)
una. liborio angelucci liborio angelucci
2. Giacomo de Mattheis Giacomo De Matheis
3. panazzi panazzi
cuatro repique Reppi
5. Ennio Quirino Visconti Ennio Quirino Visconti

Segundo Consulado (septiembre - 27 de noviembre de 1798 )

Ordenar Nombre (ruso) Nombre  (italiano)
una. Pantalones brígi
2. Calisti Calisti
3. francesco pierelli francesco pierelli
cuatro Giuseppe Rey Giuseppe Rey
5. Federico María Domenico Michele Federico María Domenico Michele

Del 27 de noviembre al 12 de diciembre de 1798, la República fue ocupada por el ejército del Reino de Nápoles .

Tercer Consulado ( 12 de diciembre de 1798  - 24 de julio de 1799 )

Ordenar Nombre (ruso) Nombre  (italiano)
una. Pantalones brígi
2. Calisti Calisti
3. francesco pierelli francesco pierelli
cuatro Giuseppe Rey Giuseppe Rey
5. Federico María Domenico Michele Federico María Domenico Michele

Presidente del Comité Provisional de la República Romana

Notas

  1. 1 2 3 4 5 6 7 8 Costituzione della Repubblica Romana // A. Aquarone, M. D'Addio e G. Negri, Le Costituzioni italiane, Edizioni Comunità, Milán 1958. . Fecha de acceso: 20 de enero de 2011. Archivado desde el original el 19 de abril de 2011.
  2. los miembros del Directorio francés tenían que obtener permiso del Cuerpo Legislativo para alejarse de París a tal distancia (art. 164 de la Constitución del año III)
  3. 1 2 3 4 5 6 Constitución del III año // Documentos de la historia de la Gran Revolución Francesa. T. 1. Responsable ed. A. V. Ado. / M .: Prensa de la Universidad de Moscú, 1990. - S. S. 328-331.
  4. El Directorio francés tenía derecho a mantener a los sospechosos bajo arresto durante dos días antes de entregarlos a un oficial de policía (artículo 145 de la Constitución del año III)
  5. Carlos Luigi Costantini
  6. Gioacchino Pessuti
  7. Ennio Quirino Visconti
  8. Historia de Italia Vol. 2 / M. 1970 - S. 38.
  9. Assemblee della Repubblica romana, di V. Giuntella, v. I. Bolonia (1954), pág. cuatro
  10. 1 2 Historia de Italia Vol. 2 / M. 1970 - S. 39.
  11. Historia de Italia Vol. 2 / M. 1970 - SS 40-41.
  12. Historia de Italia Vol. 2 / M. 1970 - S. 44.
  13. Historia de Italia Vol. 2 / M. 1970 - S. 46.
  14. [ Worldstatesmen.org Estados italianos antes de 1861. Roma  (inglés) . Consultado el 6 de enero de 2011. Archivado desde el original el 3 de abril de 2017. Worldstatesmen.org Estados italianos antes de 1861. Roma  (inglés) ]

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