Administrador (catolicismo)

Administrador ( lat.  administrador ), en la Iglesia Católica Romana - un clérigo que administra las estructuras relevantes de la iglesia.

Administrador Apostólico

Administrador apostólico ( lat.  administrador apostolicus ) - designado por el Papa de Roma, administrador de la administración apostólica u obispo interino temporalmente de una diócesis vacante u ocupada , parte de una diócesis o equiparada a una diócesis de una Iglesia separada, o un clérigo dotado con la plenitud de la autoridad de la iglesia sobre un determinado grupo de creyentes (por ejemplo, rito oriental ). El estatus legal del administrador apostólico se establece en detalle en el decreto papal de nombramiento. Administrador apostólico de una diócesisnombrado cuando existen serios obstáculos para su gestión (por ejemplo, la negativa del obispo a desempeñar funciones oficiales) o se forma una nueva diócesis. Si se nombra un administrador apostólico para una diócesis ocupada, quedan suspendidos los poderes del obispo diocesano y su vicario general .

Administrador Diocesano

El administrador diocesano ( lat.  administrador dioecesanus ) es el administrador temporal de la diócesis , designado por el colegio de consultores o el cabildo catedralicio dentro de los ocho días siguientes a la recepción de la noticia de que la sede episcopal está vacante. Si la elección no se lleva a cabo dentro del tiempo especificado, entonces el metropolitano debe nombrar al administrador diocesano , y en el caso de una metrópoli vacante , al obispo sufragáneo  mayor . La elección no necesita confirmación de la Santa Sede , por lo que el administrador diocesano queda inmediatamente facultado en cuanto tiene conocimiento de su elección. Tiene los derechos y deberes de un obispo diocesano, con excepción de lo que sea incompatible con su condición (por ejemplo, por falta de rango episcopal) o prohibido por el derecho canónico. No se pueden introducir innovaciones (" Sede vacante nihil innoventur ") bajo la administración provisional de una diócesis . El administrador diocesano puede conceder la incardinación y la excardinación sólo un año después de la vacante de la sede episcopal, y sólo con la aprobación del colegio de consultores o, respectivamente, del cabildo catedralicio . El administrador diocesano tiene derecho a nombrar rectores de una parroquia solo si la silla permanece vacante por más de un año. Los poderes de un administrador diocesano expiran después de que un nuevo obispo toma posesión de la diócesis .

Administrador Parroquial

El administrador parroquial ( en latín  administrador paroechialis ) es el administrador de la parroquia designado por el obispo diocesano en lugar del párroco tras la liberación del cargo de rector de la parroquia debido a su muerte, rechazo del liderazgo, su remoción o transferencia a un nuevo cargo, a la conclusión, expulsión o destierro del rector de la parroquia, su incapacidad y en todos los demás casos que impidan la dirección de la parroquia. Un administrador parroquial tiene los deberes y derechos de un rector parroquial , a menos que el obispo diocesano acuerde específicamente lo contrario, y no introduce ninguna innovación durante su servicio. Al término de su servicio , el administrador de la parroquia debe presentar un informe sobre sus actividades al rector de la parroquia. Si un administrador parroquial es nombrado vicario general , entonces este último debe tener un permiso especial para hacerlo del obispo diocesano.