Resolución 1015 | |
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Organo | Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas |
la fecha | 15 de septiembre de 1995 |
Reunión | Nº 3578 |
El código | S/RES/1015 |
Votar |
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Tema | ex yugoslavia |
Salir | aceptado |
Composición del Consejo de Seguridad para 1995 | |
miembros permanentes |
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miembros no permanentes |
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Documento |
Resolución 1015 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (código - S/RES/1015), adoptada el 15 de septiembre de 1995, que reafirma todas las resoluciones sobre la situación en la ex Yugoslavia, en particular las resoluciones 943 (1994), 970 (1995), 988 (1995) y 1003 (1995), el Consejo tomó nota de las medidas adoptadas por la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro) para seguir cerrando la frontera con Bosnia y Herzegovina y, por tanto, prorrogó la suspensión parcial de las sanciones contra Serbia y Montenegro por otros 180 días hasta 18 de marzo de 1996 [1] .
Se señaló que la frontera permanece cerrada, excepto para la asistencia humanitaria y los esfuerzos de Serbia y Montenegro en esta dirección. Ha aumentado la cooperación entre Serbia y Montenegro y la Misión de la Conferencia Internacional sobre la ex Yugoslavia.
Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, las sanciones internacionales impuestas a Serbia y Montenegro se suspendieron hasta el 18 de marzo de 1996. Se seguirán aplicando las restricciones y medidas previstas en las resoluciones 943 y 988. La situación estará constantemente en el campo de visión del Consejo de Seguridad.
Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptadas en 1995 | |
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