Resolución 1032 del Consejo de Seguridad de la ONU

Resolución 1032
Organo Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
la fecha 19 de diciembre de 1995
Reunión Nº 3608
El código S/RES/1032
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Tema Chipre
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Composición del Consejo de Seguridad para 1995

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Documento

En la Resolución 1032 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas  (código S/RES/1032), adoptada el 19 de diciembre de 1995, que hace referencia a todas las resoluciones sobre Chipre, en particular las resoluciones 186 (1964) y 1000 (1995), el Consejo expresó su preocupación por la falta de progreso en la disputa política en Chipre y prorrogó el mandato de la Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre (UNFICYP) hasta el 30 de junio de 1996 [1] .

El Consejo de Seguridad exhortó a las autoridades militares de ambas partes a garantizar que no se produjeran incidentes a lo largo de la zona de amortiguamiento y a cooperar con la UNFICYP, especialmente en lo que respecta a la extensión del acuerdo de no población de 1989 a todas las áreas de la zona de amortiguamiento que aún no habían sido respetado. Se pidió al Secretario General Boutros Boutros-Ghali que vigilara la estructura y la fuerza de la fuerza de mantenimiento de la paz con miras a reorganizarla si fuera necesario. La UNFICYP también realizó un examen humanitario y el Consejo respaldó sus recomendaciones.

Se instó a todas las partes interesadas a comprometerse a reducir el número de tropas extranjeras en Chipre y reducir los gastos de defensa como primer paso hacia la retirada de las fuerzas no chipriotas, como se propone en el Paquete de Ideas. La resolución lamentaba que las partes, de conformidad con la Resolución 839 (1993), no hubieran iniciado discusiones sobre el tema de la prohibición de munición real y armas de fuego dentro de la zona de amortiguamiento. Se instó a los líderes de Chipre y del Norte de Chipre a promover la tolerancia y la reconciliación entre las dos comunidades, al tiempo que acogieron con beneplácito los esfuerzos del Secretario General para mantener el contacto con ambos líderes. Se concedió importancia a la aplicación de las medidas de fomento de la confianza previstas en la resolución 939 (1994).

Notas

  1. S/RES/1032 . Naciones Unidas Consultado el 16 de octubre de 2021. Archivado desde el original el 16 de octubre de 2021.

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