Resolución 1056 del Consejo de Seguridad de la ONU

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Resolución 1056
Organo Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
la fecha 29 de mayo de 1996
Reunión Nº 3668
El código S/RES/1056
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Tema situación alrededor del Sáhara Occidental
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Composición del Consejo de Seguridad para 1996

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Documento

Resolución 1056 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (código - S/RES/1056), adoptada el 29 de mayo de 1996, reafirmando todas las resoluciones anteriores sobre el Sáhara Occidental, el Consejo discutió el Plan de Arreglo del Sáhara Occidental, incluida la suspensión del proceso de identificación de votantes, y prorrogó el mandato de la Misión de la ONU para el Referéndum en el Sáhara Occidental (MINURSO) hasta el 30 de noviembre de 1996 [1] .

El Consejo de Seguridad destacó la importancia de un alto el fuego como parte del plan de paz de la ONU. A pesar de las dificultades, ya se han identificado más de 60.000 votantes para participar en el referéndum de autodeterminación. Para lograr mayores avances, el Consejo afirmó que ambas partes tienen una visión para el período posterior al referéndum.

El Consejo reafirmó su compromiso de celebrar un referéndum sobre la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental de conformidad con el Plan de Arreglo. Lamentó que las partes no estuvieran dispuestas a cooperar con la MINURSO para permitirle completar la identificación de los votantes y, por lo tanto, el proceso quedó en suspenso. La resolución coincidió con la recomendación del secretario general Boutros Boutros-Ghali de reducir el componente militar de la MINURSO en un 20%, ya que esto no afectaría la capacidad operativa de la fuerza de mantenimiento de la paz. El Consejo de Seguridad se mostró satisfecho de que las partes estuvieran respetando el alto el fuego y les pidió que mostraran buena voluntad liberando a los presos políticos y acelerando la implementación del plan de paz.

Se apoyó la propuesta del Secretario General de mantener un buró político para continuar el diálogo entre las partes.[2] Al prorrogar el mandato de la MINURSO hasta el 30 de noviembre de 1996, el Consejo subrayó que si Marruecos y el Frente Polisario no avanzaban, se consideraría una nueva reducción de la MINURSO. Sin embargo, se apoyará la reanudación del proceso de identificación si se logran avances. Finalmente, al concluir la resolución, el Consejo solicitó al Secretario General que presentara un informe sobre la implementación de esta resolución antes del 10 de noviembre de 1996.

Notas

  1. S/RES/1056 . Naciones Unidas Consultado el 16 de octubre de 2021. Archivado desde el original el 16 de octubre de 2021.

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