Resolución 1075 | |
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Organo | Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas |
la fecha | 11 de octubre de 1996 |
Reunión | Nº 3703 |
El código | S/RES/1075 |
Votar |
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Tema | la situación en angola |
Salir | aceptado |
Composición del Consejo de Seguridad para 1996 | |
miembros permanentes |
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miembros no permanentes |
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Documento |
Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1075 (código - S / RES / 1075), adoptada el 11 de octubre de 1996, que confirma la resolución 696 (1991) y todas las resoluciones posteriores sobre Angola, el Consejo asignó tareas adicionales a UNITA y extendió el mandato de la ONU Misión de Verificación en Angola III (UNAVEM III) hasta el 11 de diciembre de 1996 [1] .
El 2 de octubre de 1996, la capital de Angola, Luanda, fue sede de una cumbre de la Comunidad de Desarrollo de África Meridional (SADC) sobre cuestiones políticas, de defensa y de seguridad. La delegación de la SADC también participó de las discusiones en el Consejo de Seguridad sobre Angola. Es importante que todas las partes se adhieran a los planes de paz en Angola, incluido el Protocolo de Lusaka, respeten los derechos humanos y la presencia de las Naciones Unidas para implementar los acuerdos.
Se expresó preocupación por la falta de avances en el proceso de paz en los últimos tres meses. Los retrasos en la desmovilización de las tropas de la UNITA provocaron un retraso en el calendario, lo que dificultó aún más el progreso durante la temporada de lluvias. Los retrasos, especialmente por parte de la UNITA, fueron inaceptables para el Consejo. Sin embargo, los pasos positivos incluyeron la llegada de generales de UNITA para servir en el ejército unificado, el despliegue de 63.000 efectivos, la entrega de armas pesadas, la selección de 10.000 efectivos de UNITA para el ejército unificado, el comienzo de la desmovilización de personal menor de edad y la oferta de UNITA de un estatus especial para su líder.
El Consejo de Seguridad se mostró decepcionado de que UNITA no hubiera cumplido con sus obligaciones y pidió al grupo que llevara a cabo de inmediato las siguientes tareas:[2]
(a) completar la selección de 26.300 soldados para su inclusión en las fuerzas armadas angoleñas;
(b) detener el flujo de desertores de las áreas de acantonamiento y devolver a los que han desertado;
c) registrar a los agentes de policía de la UNITA;
d) eliminar todos los puestos de mando de la UNITA;
e) anunciar oficialmente que todos los soldados de la UNITA han sido retirados de los cuarteles y que la UNITA ya no tiene armas; f) promover la expansión de la administración pública en todo el territorio de Angola y cooperar con la UNAVEM III;
g) poner a disposición de la unidad militar otros generales y oficiales;
(h) restituir a todos los miembros electos de la Asamblea Nacional;
i) abstenerse de obstruir las actividades de remoción de minas y los vuelos de aeronaves de las Naciones Unidas;
(j) cooperar con el gobierno de Angola y hacer que su estación de radio sea independiente y no partidista;
k) completar la formación del personal de UNITA que protegerá a los funcionarios de UNITA;
l) Permitir la libre circulación de mercancías y personas.
Si no se cumplen estos objetivos, el Consejo considerará imponer las medidas de la resolución 864 (1993). Se tomó nota de la intención del Secretario General Boutros Boutros-Ghali de retirar la UNAVEM III para fines de diciembre de 1996, de conformidad con la resolución 976 (1995), en la que también se recomendaba que el mandato de la UNAVEM III terminara para febrero de 1997. También se le pidió que informara al Consejo antes del 20 de noviembre y el 1 de diciembre de 1996 sobre el progreso del proceso de paz.
Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptadas en 1996 | |
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