Agravio

Un delito  (del lat.  delictum - " falta , ofensa ") - mala conducta, derecho privado o civil ( lat.  delictum privatum ) falta , que implica una compensación por daños y perjuicios recuperados de derecho privado a favor de las personas lesionadas .

La delictología es la ciencia del crimen .

En gran medida, el delito coincide con el delito , ya que este último conlleva una recuperación a favor de la víctima ; sin embargo, hay una serie de delitos que no son objeto de sanción civil por el hecho de que no causaron ningún daño (por ejemplo, la tentativa de delito) o no hay personas a cuyo favor pueda ser indemnizado (en el caso del asesinato de una persona que no era el sostén de la familia)- y viceversa, una serie de daños privados que no están sujetos, por su insignificancia desde el punto de vista del derecho público, a sanción penal, pero causan daño y sujeto a la retribución de la ley civil. Por tanto, en el ámbito del derecho civil se denomina generalmente responsabilidad extracontractual a toda acción antijurídica (ya se trate de un delito, una falta o un simple daño patrimonial) que se inmiscuye en el ámbito personal o patrimonial de una persona y le causa un daño, independientemente de su naturaleza. relaciones de derecho civil existentes entre las personas.

El rasgo distintivo de un agravio de los delitos de otra serie (los llamados cuasidelitos ) es la intención de causar daño, la culpa, sin la cual, salvo algunas excepciones, no hay responsabilidad.


Véase también

Notas

Literatura

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