Ofensa

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Delito  : mala conducta, acto culposo , ilegal y socialmente peligroso (acción o inacción), contrario a los requisitos de las normas legales y cometido por una persona o personas legalmente capaces (delictivas). incurre en responsabilidad legal .

Ilicitud

Según el principio jurídico Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege poenali (“no hay delito, no hay pena sin ley”), un delito debe estar previsto no sólo por la ley ( costumbre , prescripción religiosa o ley ), sino necesariamente por tal regla de derecho que contiene una sanción . La ilegalidad de la infracción se expresa en la violación de la prohibición establecida o en el incumplimiento de la obligación de realizar determinadas acciones.

Signos

Especies

Todos los delitos suelen dividirse en dos grupos: faltas y delitos .

Las faltas pueden ser disciplinarias , procesales, internacionales, administrativas y civiles ( tort ).

Bajo los delitos se entiende, por regla general (en la Federación de Rusia, exclusivamente), delitos penales , es decir, actos que violan la ley penal . Pueden variar en la categoría de gravedad . En los países de la familia jurídica anglosajona , es común la división de delitos en delitos menores y delitos graves adicionales .

Según el tipo de delito, se distingue la responsabilidad correspondiente: penal , administrativa , civil .

Composición legal

Como parte del delito, se acostumbra distinguir cuatro elementos, la ausencia de al menos uno de los cuales excluye la existencia de un delito.

Véase también

Notas