Resolución 1000 del Consejo de Seguridad de la ONU

Resolución 1000
Organo Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
la fecha 23 de junio de 1995
Reunión Nº 3547
El código S/RES/1000
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Tema Chipre
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Composición del Consejo de Seguridad para 1995

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Documento

En la Resolución 1000 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas  (código S/RES/1000), adoptada el 23 de junio de 1995, que hace referencia a todas las resoluciones sobre Chipre, en particular las resoluciones 186 (1964) y 969 (1994), el Consejo expresó su preocupación por la falta de progreso en la disputa política en Chipre y prorrogó el mandato de la Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre (UNFICYP) hasta el 31 de diciembre de 1995 [1] .

Al examinar el informe del Secretario General Boutros Boutros-Ghali, el Consejo exhortó a las autoridades militares de ambas partes a que velaran por que no se produjeran incidentes en la zona de amortiguación y cooperaran con la UNFICYP, especialmente en lo que respecta a la ampliación del período de no población de 1989 acuerdo a todas las áreas de la zona de amortiguamiento. Se solicitó al Secretario General que vigilara la estructura y la fuerza de la fuerza de mantenimiento de la paz con miras a reorganizarla si fuera necesario.

Se instó a todas las partes interesadas a comprometerse a reducir el número de tropas extranjeras en Chipre y reducir los gastos de defensa como primer paso hacia la retirada de las fuerzas no chipriotas, como se propone en el Paquete de Ideas. La resolución también solicitó a las partes, de conformidad con la Resolución 839 (1993), que iniciaran discusiones con miras a prohibir la munición real y el disparo de armas dentro de la zona de amortiguamiento. Se pidió a los líderes de Chipre y del norte de Chipre que promovieran la tolerancia y la reconciliación entre las dos comunidades, al tiempo que acogieron con beneplácito los esfuerzos del Secretario General por mantener el contacto con ambos líderes. Se concedió importancia a la aplicación de las medidas de fomento de la confianza previstas en la resolución 939 (1994).

Se solicitó al Secretario General que informara al Consejo antes del 10 de diciembre de 1995 sobre los acontecimientos en la isla.

Notas

  1. S/RES/1000 . undocs.org . Consultado el 16 de octubre de 2021. Archivado desde el original el 16 de octubre de 2021.

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