Resolución 1009 del Consejo de Seguridad de la ONU

Resolución 1009
Organo Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
la fecha 10 de agosto de 1995
Reunión Nº 3563
El código S/RES/1009
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Tema Croacia
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Composición del Consejo de Seguridad para 1995

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Documento

Resolución 1009 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas  (código S/RES/1009), adoptada el 10 de agosto de 1995, que se refiere a todas las resoluciones sobre la situación en la ex Yugoslavia, incluidas las resoluciones 981 (1995), 990 (1995) y 994 (1995) , El Consejo exigió al gobierno croata que cumpliera estrictamente las resoluciones del Consejo de Seguridad tras el comienzo de la ofensiva del ejército croata el 4 de agosto de 1995 [1] .

El Consejo declaró que Croacia no había cumplido con las demandas del Consejo de Seguridad que se presentaron a principios de este mes. Se expresó preocupación por las violaciones del embargo de armas y se lamentó que se interrumpieran las negociaciones en Ginebra. Se subrayó la importancia de un arreglo negociado, combinado con el reconocimiento mutuo de los Estados de la ex Yugoslavia. La ofensiva de gran alcance que lanzó Croacia contra los serbios étnicos el 4 de agosto ha intensificado el conflicto y es lamentable. Se volvió a condenar el bombardeo de objetivos civiles y se señaló que se habían cometido violaciones del derecho internacional humanitario y que las personas que habían huido se encontraban en una situación difícil. Deben protegerse los derechos de la población serbia local, y el Consejo también condenó la violencia contra el personal de las Naciones Unidas, que provocó la muerte de tres personas.

Actuando bajo el Capítulo VII de la Carta de la ONU, el Consejo de Seguridad exigió que Croacia cese inmediatamente todas las hostilidades y respete los derechos de los serbios locales, permita el acceso a la región para el Comité Internacional de la Cruz Roja y las organizaciones humanitarias, permita el regreso de refugiados y personas desplazadas, y respetar el estatus del personal de la ONU comprometiéndose con la responsabilidad de cualquier persona responsable de los ataques contra la UNPROFOR. Se recordó a todas las partes sus obligaciones en virtud de la Resolución 816 (1993) y la necesidad de buscar un arreglo negociado que garantice los derechos de todas las comunidades en las negociaciones bajo los auspicios de la Conferencia Internacional sobre la ex Yugoslavia.

Finalmente, el Secretario General Boutros Boutros-Ghali debe presentar al Consejo, dentro de las tres semanas posteriores a la adopción de esta resolución, un informe sobre su implementación y las implicaciones de la situación para la Operación de Restauración de la Confianza de las Naciones Unidas. También se considerarán otras medidas para garantizar la implementación de la resolución 1009.

Notas

  1. S/RES/1009 . Naciones Unidas Consultado el 16 de octubre de 2021. Archivado desde el original el 16 de octubre de 2021.

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