Resolución 1010 | |
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Organo | Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas |
la fecha | 10 de agosto de 1995 |
Reunión | Nº 3591 |
El código | S/RES/1010 |
Votar |
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Tema | Bosnia y Herzegovina |
Salir | aceptado |
Composición del Consejo de Seguridad para 1995 | |
miembros permanentes |
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miembros no permanentes |
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Documento |
Resolución 1010 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (código S/RES/1010), adoptada el 10 de agosto de 1995, que hace referencia a todas las resoluciones sobre la situación en la ex Yugoslavia y reafirma la resolución 1004 (1995), el Consejo exigió que los serbobosnios liberaran a todos los detenidos y permitir el acceso a ellos por parte de las organizaciones humanitarias internacionales [1] .
Al Consejo de Seguridad le preocupaba que los serbobosnios no cumplieran con sus demandas. Es inaceptable que las fuerzas serbias de Bosnia hayan violado las zonas seguras de Srebrenica y Zepa. La resolución reafirmó el compromiso del Consejo con una solución negociada de los conflictos en la ex Yugoslavia, en la que se respeten mutuamente la soberanía y la integridad territorial de sus estados. También se expresó preocupación por las violaciones del derecho internacional humanitario y la desaparición de civiles en Srebrenica y Zepa. A este respecto, se condenó a la parte serbia de Bosnia por el hecho de que el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) no facilitara el acceso a los civiles.
El Consejo exigió que los serbios de Bosnia permitieran a los detenidos acceder al CICR y al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, respetar los derechos de los detenidos y pedir su liberación. Todos los que hayan cometido violaciones del derecho internacional humanitario serán considerados individualmente responsables. Finalmente, se solicitó al Secretario General que informara antes del 1 de septiembre de 1995 sobre la implementación de esta resolución.
Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptadas en 1995 | |
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