Epigamia ( griego έπίγαμία , lit. "matrimonio igualitario"; latín ius connubii - "ley del matrimonio") - matrimonio entre miembros de ciertas comunidades sociales; orientación del matrimonio (connubium). La naturaleza obligatoria de los matrimonios mutuos (epígamos) en las sociedades primitivas y tradicionales dio como resultado tanto la exogamia como la endogamia . Restos de la epigamia son las normas matrimoniales obligatorias y preferidas ( matrimonio entre primos , connubios en anillo, sistemas australianos de clases, secciones y subsecciones matrimoniales, levirato , sororato , etc.) [1] .
La epigamia permitía el matrimonio solo entre ciudadanos atenienses de pleno derecho: los extranjeros y los meteki estaban privados de este derecho, pero por servicios sobresalientes al estado, la asamblea nacional también podía otorgarles la epigamia .
Además, existía epigamia entre estados individuales, sirviendo como indicador de relaciones amistosas entre ellos; así que Atenas concedió la epigamia a los eubeos , plateos y tebanos . Por el contrario, una desviación claramente pronunciada de la epigamia atestiguaba la hostilidad entre los dos estados (por ejemplo, entre las islas de Paros y Andros ). Los matrimonios celebrados sobre la base de la epigamia otorgaban ciertos derechos en el campo de lo hereditario, sagrado y en parte político.
Parentesco en etnología y antropología social | |
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