Medidas coercitivas de influencia educativa

Medidas obligatorias de influencia educativa - medidas de carácter penal , aplicadas a menores que han cometido delitos , con el fin de eximir de responsabilidad penal , eximir de pena , o en lugar de pena. Estas medidas están dirigidas principalmente a la corrección de un menor infractor y generalmente se aplican en los casos en que la corrección puede lograrse sin la aplicación de un castigo .

La naturaleza de las medidas de influencia educativa

Por su naturaleza jurídica, estas medidas se interpretan de manera ambigua. Por lo general, actúan como una de las formas de implementación de la responsabilidad penal, además del castigo, sin embargo, en algunos países (países de la CEI, excepto Kazajstán, Lituania) también actúan como una alternativa a la responsabilidad penal: la legislación de estos estados permite exención de responsabilidad penal con el uso de medidas coercitivas de influencia educativa. Tal liberación está permitida cuando un menor comete un delito de poca gravedad (Tayikistán, Turkmenistán, Uzbekistán, Ucrania) o de mediana gravedad (Azerbaiyán, Armenia, Georgia, Kirguistán, Rusia), si se reconoce que la corrección de un menor puede producirse sin la aplicación de medidas de responsabilidad penal. En Albania, Argelia, Bulgaria, Kazajstán, Letonia, Mongolia, Francia, Estonia, el uso de medidas educativas solo se permite como alternativa al castigo penal [1] .

La legislación de varios estados prevé el uso de estas medidas en lugar del castigo para determinadas categorías de edad de los delincuentes. Por lo tanto, solo se pueden aplicar medidas educativas a personas de 14 a 16 años en Macedonia, la Federación de Bosnia y Herzegovina, Croacia; de 14 a 18 años en España; de 7 a 15 años: en Egipto, Kuwait, Líbano, Siria; de 7 a 14 años - en Tailandia. En este último estado, el tribunal puede aplicar las siguientes medidas a esta categoría de edad de personas: advertencia y traslado bajo la supervisión de un padre o tutor por un período que no exceda los 3 años [2] .

La legislación de Malí prevé la aplicación de estas medidas como parte del procedimiento de mediación para la reconciliación de un delincuente juvenil y una víctima [2] .

Las medidas obligatorias de influencia educativa son similares a la libertad condicional, ya que muchas veces, si no se cumplen maliciosamente, están sujetas a cancelación con la aplicación de medidas reales de responsabilidad al condenado (países de la CEI) [3] .

Medidas obligatorias de influencia educativa en la legislación de los países del mundo

La institución de medidas obligatorias de influencia educativa está presente en la legislación penal de la CEI y los países bálticos, las antiguas repúblicas de Yugoslavia, Albania, Bulgaria, Hungría, Vietnam, Kiribati, los Países Bajos, Rumania, Filipinas, Suecia, Etiopía. En leyes especiales sobre el estatuto de los menores, estas medidas están reguladas en Alemania, Egipto, España, Kenia, Kuwait, Malí, Portugal, Francia, Suiza. Están previstos en la legislación penal y especial de Bulgaria, Serbia y Estonia [1] .

Estas medidas en diferentes países tienen diferentes nombres: “medidas coercitivas de influencia educativa” (países de la CEI, Letonia, Mongolia), “medidas coercitivas” (Uzbekistán), “medidas de influencia educativa) (Lituania), “medidas educativas” (países de ex Yugoslavia), "medidas de educación, tratamiento o corrección" (Polonia), "medidas de protección, asistencia, supervisión y educación" (Francia), "medidas de protección" (Japón), etc. La legislación de Sudán considera esto categoría de medidas junto con otras “medidas de supervisión y corrección”, que también pueden ser aplicadas a los ancianos y enfermos mentales. En algunos países, estas medidas se consideran en una institución más general de medidas de seguridad (Moldavia, Turquía, etc.). El Código Penal de Georgia considera estas medidas junto con el castigo en el marco de la redacción “medidas penales contra menores” [1] .

Tipos de medidas de influencia educativa

La legislación de los países del mundo puede prever las siguientes medidas educativas [2] :

Algunas de estas medidas solo tienen diferencias formales con las sanciones penales (por ejemplo, el servicio comunitario).

Colocación en una institución educativa

La colocación en una institución educativa se considera la medida más severa de influencia educativa. En diferentes países, hay muchos tipos de tales instituciones, que difieren tanto en nombre como en régimen de contenido [4] .

La legislación de Armenia, Bielorrusia, Moldavia utiliza el término "institución educativa o educativa" para nombrar estas instituciones, Bulgaria - "internado educativo", Rusia - "institución educativa especial de tipo cerrado". En Estonia, se hace una distinción entre la colocación de menores en un hogar de acogida juvenil, un internado y una escuela para estudiantes que necesitan condiciones educativas especiales [4] .

En la Federación de Bosnia y Herzegovina y Macedonia, se hace una distinción entre instituciones educativas y correccionales educativas (en Macedonia, esta última se denomina "casa de educación y corrección"): las instituciones correccionales se caracterizan por requisitos de régimen más estrictos. El Código Penal de Montenegro prevé la colocación de menores en instituciones educativas, educativas y correccionales, así como en instituciones de tratamiento y formación profesional. En España existen instituciones de régimen cerrado, semiabierto y abierto, así como instituciones médicas [4] .

En Francia, es posible enviar menores a instituciones educativas, instituciones de formación profesional, a una institución médica o médico-pedagógica, así como a un internado para delincuentes juveniles ("institución de educación supervisada o correccional"). La ley marroquí prevé la colocación de menores en una institución educativa o educativa pública o privada adaptada para este fin; a una institución médica o educativa; en un internado para jóvenes infractores en edad escolar [4] .

El contenido de otras medidas de influencia educativa

El contenido específico de las medidas de influencia educativa se divulga solo en la legislación de algunos países (países de la CEI, ex repúblicas de Yugoslavia, Lituania, etc.).

Por lo tanto, el Código Penal de la Federación Rusa y otros estados de la CEI revelan el contenido de las siguientes medidas:

Medidas coercitivas de influencia educativa en la ley de Rusia

La legislación rusa no considera las medidas obligatorias de influencia educativa como una especie de castigo. Son una variedad de otras medidas de carácter penal destinadas a reeducar a una persona que ha cometido un delito. Estas medidas pueden o no ser parte de la responsabilidad penal. El Código Penal de la Federación de Rusia prevé las siguientes medidas obligatorias de influencia educativa (artículos 90, 91 del Código Penal de la Federación de Rusia):

Todas estas medidas, salvo la última, pueden aplicarse tanto en el orden de exoneración de responsabilidad penal, como en el orden de exoneración de sanción penal, y se aplican cuando se cometen delitos de pequeña y mediana gravedad. La colocación en una institución educativa de tipo cerrado solo se permite en el marco de la exención del castigo penal, y también se aplica en la comisión de delitos graves, con excepción de los enumerados en la Parte 5 del art. 92.

Al aplicar estas medidas, el tribunal debe tener en cuenta varias circunstancias. En particular, al decidir sobre el traslado de un menor bajo la supervisión de los padres o de las personas que los sustituyan, el tribunal debe asegurarse de que estas personas ejerzan una influencia positiva sobre él, evalúen correctamente lo que ha hecho, puedan garantizar su comportamiento correcto y control sobre él, así como el consentimiento para el traslado a ellos de un menor bajo tutela. A un menor se le pueden asignar varias medidas obligatorias de influencia educativa al mismo tiempo.

El plazo para la aplicación de medidas obligatorias de influencia educativa en la forma de traslado bajo la supervisión de los padres, personas que los sustituyan o un organismo estatal especializado, así como la limitación del ocio y el establecimiento de requisitos especiales para el comportamiento de un menor, se establece por la siguiente duración:

La colocación en una institución educativa especial y educativa de tipo cerrado es la medida obligatoria más severa de influencia educativa, similar en contenido a la privación de libertad. Al mismo tiempo, a diferencia de la sanción, la aplicación de esta medida no conlleva antecedentes penales. El tribunal puede decidir la cuestión de enviar a un menor condenado a una institución educativa especial de tipo cerrado solo si existe una opinión médica sobre la posibilidad de que permanezca en dicha institución. Al mismo tiempo, debe tenerse en cuenta que los menores condenados que necesitan condiciones especiales de educación, capacitación y requieren un enfoque pedagógico especial son enviados a la institución educativa especial indicada. Un menor puede ser colocado en una institución específica hasta que cumpla 18 años, pero no más de 3 años.

La permanencia de un menor en una institución educativa y educativa especial de tipo cerrado puede darse por terminada antes del vencimiento del período establecido por el tribunal, si el tribunal determina que el menor ya no necesita aplicar esta medida, o si tiene un enfermedad que le impide mantenerse y estudiar en esta institución. El plazo de permanencia en la institución también podrá ser restablecido por el tribunal en caso de que el menor se abstenga de permanecer en ella, y también prorrogado por el tribunal si se reconoce que el menor necesita más aplicación de esta medida. Sin embargo, el período total de permanencia de un menor en esta institución no podrá exceder los 3 años.

Además, se permite la extensión del período de estadía en una institución educativa a solicitud de un menor si es necesario para que el menor complete el desarrollo de programas educativos relevantes o complete la formación profesional.

Las medidas obligatorias de influencia educativa pueden ser canceladas en caso de su incumplimiento sistemático. Bajo el incumplimiento sistemático por parte de un menor de una medida obligatoria de influencia educativa, se deben entender las infracciones repetidas (más de dos veces) durante el período señalado por el tribunal para la aplicación de una medida obligatoria de influencia educativa, que se registraron en en la forma prescrita por un organismo especializado que ejerza control sobre la conducta de un adolescente. En este caso, el menor está sujeto a responsabilidad penal. Si a un menor se le asignan simultáneamente varias medidas obligatorias de influencia educativa y dentro de un período determinado comete infracciones únicas (no más de dos veces por cada una de ellas), dichas infracciones no pueden ser reconocidas como sistemáticas [5] .

Notas

  1. 1 2 3 Dodonov V. N. Derecho penal comparado. Parte general / bajo total. edición S. P. Shcherby. - M. : Yurlitinform, 2009. - S.  415 . — 448 págs. - ISBN 978-5-93295-470-6 .
  2. 1 2 3 Dodonov V. N. Derecho penal comparado. Parte general / bajo total. edición S. P. Shcherby. - M. : Yurlitinform, 2009. - S.  416 . — 448 págs. - ISBN 978-5-93295-470-6 .
  3. Dodonov V.N. Derecho penal comparado. Parte general / bajo total. edición S. P. Shcherby. - M. : Yurlitinform, 2009. - S.  418 . — 448 págs. - ISBN 978-5-93295-470-6 .
  4. 1 2 3 4 Dodonov V. N. Derecho penal comparado. Parte general / bajo total. edición S. P. Shcherby. - M. : Yurlitinform, 2009. - S.  417 . — 448 págs. - ISBN 978-5-93295-470-6 .
  5. Resolución del Pleno del Tribunal Supremo de la Federación Rusa del 1 de febrero de 2011 No. 1 “Sobre la práctica judicial en la aplicación de la legislación que regula las características de la responsabilidad penal y el castigo de menores”.