Objeto del delito

El objeto de un delito es una categoría del derecho penal que se utiliza para referirse a las instituciones públicas que resultan perjudicadas como consecuencia de un delito . Muy a menudo, entre tales instituciones se denominan relaciones públicas , así como valores sociales , intereses y beneficios [1] : una persona , sus derechos y libertades, propiedad , orden público y seguridad pública , medio ambiente , sistema político y gobierno, paz y seguridad. de la humanidad En las leyes de los diferentes países del mundo, esta lista puede variar, pero los objetos enumerados son los principales y están protegidos en casi todos los países.

El objeto del delito se refleja en la Parte Especial de los actos jurídicos penales codificados : los delitos en ellos pueden agruparse en secciones y capítulos en función del objeto genérico del delito [1] . El objeto del delito se considera entre los elementos del corpus delicti .

La doctrina del objeto del delito fue desarrollada principalmente por teóricos rusos y soviéticos [2] . En la legislación penal extranjera , que utiliza principalmente la definición formal de un delito , rara vez se señala el objeto de un delito como una categoría independiente, y se utilizan otros criterios para clasificar las leyes penales en su codificación (hasta su disposición en orden alfabético). [3] . De alguna manera similar a la categoría “objeto de un delito” es la categoría de “daño criminal” utilizada por los teóricos de la dirección realista de la ciencia del derecho penal angloamericana , entendida como la pérdida de valores sociales (vida, libertad , honor y dinero; seguridad general; formaciones sociales, familiares y religiosas; moral general; recursos sociales; progreso general; vida personal) como consecuencia de la comisión de un delito [4] .

El concepto de objeto del delito

Inicialmente (mediados del siglo XIX ), la doctrina del objeto del delito se desarrolló en el marco de la dirección normativa en derecho penal . La teoría normativista consideraba el delito como una violación de un estado de derecho formal ; En consecuencia, la propia norma penal fue declarada objeto del delito [5] . Esta posición fue objeto de críticas científicas por no tener en cuenta la naturaleza real del delito. N. S. Tagantsev escribió sobre esto:

El estado de derecho en sí mismo es una fórmula, un concepto creado por la vida, pero que luego recibió un ser independiente, abstracto... Cualquier norma jurídica, como posición abstracta, puede ser cuestionada, criticada, no reconocida; pero solo una norma que tiene una vida real puede ser violada

Si vemos en un crimen solo una violación de la norma, le damos una importancia excepcional al momento de la ilicitud del perpetrador, entonces el crimen se convertirá en un concepto formal que amenaza la vida, que recuerda las opiniones de la época de Pedro el Grande, que consideró la rebelión y el asesinato, y llevar barba, y cortar un árbol reservado hechos igualmente importantes, dignos de la pena de muerte, por todo esto el culpable hizo, igualmente sin temer la ira real

— Tagantsev N. S. Derecho penal ruso. Conferencias. Parte General. En 2 vols T. 1. M., 1994. S. 29, 31.

Al mismo tiempo, se propuso otra teoría, sugiriendo que el objeto del delito es un cierto derecho subjetivo de la persona. Así, V. D. Spasovich escribió que “un delito es una usurpación ilegal del derecho de alguien, tan significativa que el Estado, considerando este derecho como una de las condiciones necesarias para un albergue, con la insuficiencia de otros medios de protección, protege la inviolabilidad con su castigo” [ 6] .

Esta posición también fue criticada por N. S. Tagantsev, quien señaló al respecto que “una usurpación de un derecho subjetivo no es la esencia, sino solo un medio por el cual la persona culpable usurpa el estado de derecho sobre el cual descansa el derecho subjetivo.. El derecho en sentido subjetivo, a su vez, representa un concepto abstracto, como una norma, y ​​por lo tanto, en sí mismo, como regla general, no puede ser objeto directo de usurpación delictiva hasta que se exprese en un bien o interés específicamente existente. .. Para una usurpación criminal de tal derecho... es necesario usurpación de la manifestación de este derecho” [7] .

Después de la Revolución de Octubre , se estableció en el derecho penal soviético el concepto, según el cual el objeto de un delito son las relaciones públicas protegidas por el derecho penal ; esta posición continúa siendo relevante y aparece en muchos libros de texto modernos y publicaciones científicas [8] .

Las relaciones sociales constan de tres elementos: sujetos (participantes, partes de una relación social), un objeto (esa cosa o bien , sobre el cual hay relaciones), así como una conexión social entre los participantes (el contenido de la relación) [ 9] .

En el marco de esta teoría, un sistema de relaciones sociales típicas y estables de cierto tipo en su conjunto, o una conexión social individual rota por un delito específico [10] , puede considerarse como objeto de un delito en el marco de esta teoría

Al mismo tiempo, las relaciones sociales se entienden como tres tipos principales de relaciones [11] :

Según esta teoría, un delito puede vulnerar varios elementos de las relaciones sociales: el delincuente puede influir directamente sobre sus sujetos, aplicándoles violencia física o psíquica , sobre el sujeto sobre el que surgen las relaciones públicas, o directamente sobre la relación entre los participantes en las relaciones públicas. , impidiendo la realización de qué - cualquier actividad o evitando el cumplimiento de las obligaciones sociales [12] .

Esta teoría está sujeta a críticas: por ejemplo, el profesor A. V. Naumov señala que esta teoría no es adecuada para todos los delitos previstos en el derecho penal : entonces, si la definición del objeto del robo desde estas posiciones es simple (estos son públicos relaciones de propiedad ), entonces la definición del objeto, por ejemplo, los delitos contra la vida como una especie de relaciones sociales es muy problemática; por lo tanto, esta teoría no es universal [13] . El objeto de los delitos contra la vida en el marco de esta teoría son las relaciones sociales que protegen la vida , sin embargo , A. A. Ter-Akopov escribió en esta ocasión lo siguiente: “Reconocer como esencia del asesinato una violación del orden de las relaciones que protegen a los seres humanos”. vida significa reordenar la cabeza de los valores: reconocer como principal valor social no a la persona, sino a las relaciones sociales en las que entra y que existen, de hecho, para su bien” [14] .

Entre otras interpretaciones del objeto, se pueden nombrar, por ejemplo, las siguientes: el objeto de un delito es “aquel contra quien se comete, esto es, los individuos o algún conjunto de personas cuyos valores tangibles o intangibles, estando sometidos a tutela del derecho penal, están sujetos a un impacto delictivo, como consecuencia del cual se causa un daño a estas personas o se crea una amenaza de daño” [15] .

En los libros de texto sobre derecho penal publicados recientemente, elaborados por investigadores del Instituto de Estado y Derecho de la Academia Rusa de Ciencias , así como por profesores de la Universidad Estatal de Moscú, se propone volver a la teoría del objeto del delito como bien jurídico , que fue desarrollado a finales del siglo XIX por representantes de las escuelas clásica y sociológica del derecho penal [16] [17] .

N. S. Tagantsev expresó la esencia de esta posición en una forma bastante moderna:

La manifestación vital de la norma sólo puede ser aquello que provoca su ocurrencia, le da contenido, le sirve de justificación: este es el interés de la vida, el interés de la comunidad humana, usando esta expresión en el amplio sentido colectivo de todo lo que determina el existencia y prosperidad de un individuo, sociedad, estado y de toda la humanidad en sus esferas física, mental y moral. La vida social en sus manifestaciones individuales y sociales crea intereses y hace que se cumplan sus leyes, por lo que estos intereses cobran un significado y una estructura especiales, se revisten del significado de bienes jurídicos y, como tales, dan contenido a las normas jurídicas y al mismo tiempo el tiempo sirven como su manifestación vital, formando los suyos propios. Al mismo tiempo, convirtiendo el interés de la vida en un bien jurídico, la ley no sólo reconoce la existencia de este interés, no sólo le da protección y amparo, sino que lo modifica en volumen, forma, a veces incluso en contenido, suavizando su carácter privado e individual y dándole una importancia social y pública... Por lo tanto, una invasión del estado de derecho en su existencia real es una invasión del interés de la vida protegido por la ley. , sobre el bien jurídico

Dichos intereses protegidos por la ley pueden ser: una persona y sus beneficios: vida, integridad corporal, sentimientos personales, honor, posesión o uso de objetos conocidos del mundo exterior; manifestación de la personalidad en el exterior, libertad de movimiento y actividad en sus diversas esferas; ciertas relaciones o estados que han surgido como resultado de esta actividad: su inmutabilidad, inviolabilidad; diversos beneficios que componen el dominio público, etc. Además, por supuesto, no todos los intereses de estos grupos reciben protección legal, sino solo aquellos que pueden ser de importancia pública ... Los intereses protegidos pueden ser de naturaleza real: vida, salud , inviolabilidad de la posesión, o ideal - honor, sentimiento religioso, decencia, etc. Estos intereses pueden pertenecer a un individuo, físico o jurídico, o comunidades individuales que existen en el estado, o la totalidad de los factores sociales, la sociedad entera, o , finalmente, el estado como un todo legalmente organizado ... La aplicación de la ley puede referirse al interés en sí mismo, protegiéndolo directamente de la destrucción, destrucción o cambio, o la protección puede estar dirigida a la relación legal de una persona con tal bien - la protección de la oportunidad y la libertad de poseer, disponer o utilizar tal bien o interés

— Tagantsev N. S. Derecho penal ruso. Conferencias. Parte General. En 2 volúmenes T. 1. M., 1994. S. 32-35.

En el marco de esta posición, se da la siguiente definición: “el objeto de un delito son los valores, intereses y beneficios socialmente significativos protegidos por la ley penal, que son vulnerados por una persona que comete un delito, y a los cuales, como un resultado de la comisión de un hecho delictivo, se cause o pueda causarse un daño sensible” [18] , o una definición similar que no excluye la posibilidad de reconocer las relaciones públicas como objeto de un delito : un objeto es “las relaciones públicas y los beneficios (intereses) protegidos por la ley penal que se dañan como consecuencia de un delito” [19] .

La lista y el contenido específico de aquellos valores de la sociedad que están protegidos por el derecho penal , cambian con el tiempo, dependiendo de las condiciones socioeconómicas que operan en un período histórico determinado. N. S. Tagantsev escribió sobre esto: “La suma de tales intereses policiales, la descripción de cada uno de ellos por separado, su relación mutua, etc., cambia en la historia de cada nación de acuerdo con el cambio en las condiciones del estado y la vida pública. , con el desarrollo de la cultura” [ 20 ] . Su proporción también está cambiando: algunos valores reciben protección prioritaria, mientras que otros comienzan a protegerse de manera menos estricta. Tal evolución de los valores sociales se puede rastrear en el ejemplo del derecho penal soviético y luego ruso del siglo XX , que reflejó la evolución del sistema social que tuvo lugar en este período histórico.

Así, según los Principios Rectores del Derecho Penal de la RSFSR de 1919, el objeto general de los delitos era el orden de las relaciones sociales "correspondientes a los intereses de las masas trabajadoras". El Código Penal de la RSFSR de 1922 denomina tal objeto de usurpación como "orden jurídico obrero y campesino". Los principios fundamentales de la legislación penal de la URSS y las repúblicas de la Unión de 1924 decían que los delitos socavan "el poder del pueblo trabajador o violan el estado de derecho establecido por él". El Código Penal de la RSFSR de 1926 llamó al estado socialista de los trabajadores y campesinos y el orden legal establecido en él por el poder de los trabajadores y campesinos para el período de transición al sistema comunista , así como el sistema soviético (Artículos 1, 6) como objeto común de protección. El Código Penal de la RSFSR de 1960 en su versión original decía que el delito invade “el sistema social o estatal soviético, el sistema económico socialista, la propiedad socialista, la personalidad, los derechos políticos, laborales, de propiedad y otros derechos de los ciudadanos”, así como como el orden jurídico socialista en su conjunto (artículo 7).

Los fundamentos de la legislación penal de la URSS y las repúblicas de 1991 añadieron a esta lista el medio ambiente natural , la paz y la seguridad de la humanidad . El Código Penal de la RSFSR de 1960, modificado para 1996, incluyó en la lista de objetos de protección el sistema social de la URSS , sus sistemas político y económico, personalidad , política, trabajo, propiedad y otros derechos y libertades de los ciudadanos , todas las formas de propiedad , la ley y el orden socialistas.

Los borradores del Código Penal de Rusia declararon otros valores como objeto de protección prioritaria: por ejemplo, en el borrador de 1992 , los objetos de protección se enumeraron en el siguiente orden: paz y seguridad de la humanidad, el individuo , sus derechos y libertades, la propiedad, el medio ambiente natural, los intereses públicos y estatales (artículo 2) .

El actual Código Penal de la Federación de Rusia reconoce los derechos y libertades del hombre y del ciudadano, la propiedad, el orden público y la seguridad pública, el medio ambiente, el sistema constitucional de Rusia, la paz y la seguridad de la humanidad como objetos de protección del derecho penal (artículo 2 ).

Al rastrear y comparar estos cambios, se puede ver cómo los valores protegidos y las prioridades de protección cambiaron: desde el modelo idealista-ideologizado de los primeros actos jurídicos penales hasta la transferencia del foco de protección a los intereses del estado y el sistema político, que es propio de una sociedad totalitaria , a la tríada basada en ideas democráticas “personalidad - sociedad es el estado” [21] .

El valor del objeto del delito

El significado principal del objeto del delito está determinado por su papel en la estructura del delito , así como la presencia de un signo material en la definición de un delito: un acto que no causa daño y no crea una amenaza. del daño a los objetos de la protección del derecho penal no puede ser un delito ; por lo tanto, si no se establece qué objeto es dañado por un delito en particular , o si el daño causado es insignificante, no puede haber duda sobre la criminalidad del hecho: no hay delito sin objeto de infracción [1] . El signo material a partir del cual se establece el objeto del delito son las consecuencias socialmente peligrosas que se le causan [2] .

El objeto del delito también se tiene en cuenta al codificar la legislación (por ejemplo, la estructura de la Parte Especial del Código Penal de la Federación de Rusia se construye precisamente sobre la base de los objetos comunes de un determinado grupo de delitos) ; este criterio para agrupar los delitos es llamado en la literatura educativa el más lógico y prácticamente significativo [22] .

El objeto del delito es también un signo que permite diferenciar los delitos en su calificación . Por ejemplo, el Código Penal de la Federación de Rusia prevé actos como el asesinato (artículo 105) y la usurpación de la vida de un agente de la ley (artículo 317), que difieren solo en función del objeto principal: en el primer caso , es la vida , y en el segundo - el orden de la administración pública . Además, el establecimiento de causar un daño sensible al objeto de la protección penal permite distinguir los delitos de las infracciones y de los delitos inmorales .

Tipos de objetos delictivos

Tradicionalmente, los objetos de los delitos se clasifican condicionalmente "verticalmente" en generales, genéricos y directos, y "horizontalmente" en principales, adicionales y facultativos. Recientemente, en el derecho penal ruso, también comenzó a destacarse un objeto específico, en relación con la adopción del Código Penal de la Federación Rusa en 1996, en el que la Parte Especial comenzó a construirse de acuerdo con la "sección - capítulo - sistema de artículo”.

En la clasificación vertical, el objeto general corresponde a la categoría filosófica de lo general , el objeto genérico a la categoría filosófica de lo especial , y el objeto inmediato a la categoría filosófica de lo singular [23] .

El objeto común es un sistema formado por los objetos de todas, sin excepción, las usurpaciones socialmente peligrosas previstas por la ley penal , su contenido son todos los beneficios sociales que se reconocen como los más significativos en un determinado período histórico y en una determinada sociedad .

El objeto genérico es característico no para todos, pero para un determinado grupo de delitos, es una especie de subsistema aislado de los intereses sociales más significativos. En la legislación penal rusa , el sistema de la Parte Especial del Código Penal se define como un objeto genérico. Los objetos genéricos son, por ejemplo, una persona , bienes , intereses de justicia , etc. Es el objeto genérico el que puede actuar como criterio para distinguir delitos similares en su calificación .

El objeto inmediato es el objeto de un acto específico prohibido por la ley penal, un interés o beneficio específico que se ve perjudicado por un ataque. El objeto directo del asesinato es la vida , el objeto directo del robo es la propiedad, y así sucesivamente. Este objeto puede ser ya un objeto genérico o coincidir con él, también puede ser el mismo para un determinado grupo de delitos [24] . El objeto directo puede ser señalado directamente en la ley penal o establecido por interpretación a partir de un análisis de los signos objetivos y subjetivos del hecho: las características de la víctima , el sujeto del delito, la naturaleza del hecho y las consecuencias penales, etc. [25]

El término "objeto de especie" también se utiliza en la literatura . Este término puede tener dos significados: en primer lugar, un objeto directo puede llamarse objeto específico; en segundo lugar, una parte de valores homogéneos que forman parte de un objeto genérico más general puede reconocerse como objeto de especie: por ejemplo, si una persona es un objeto genérico, entonces su vida y salud, honor y dignidad , etc. pueden ser considerados especies objetos. [26] Los objetos específicos en este último sentido corresponden a los capítulos de la Parte Especial del Código Penal de la Federación Rusa . Un objeto especie también puede coincidir con uno genérico.

La clasificación horizontal se refiere principalmente a delitos complejos, cuyo diseño incluye dos o más objetos. Por ejemplo, el robo invade simultáneamente los intereses de la propiedad y la vida y la salud de un individuo. En vista de esto, se distinguen el objeto principal y el adicional . El criterio para tal selección no es el significado del objeto, sino la dirección general del acto: por ejemplo, el robo tiene como objetivo causar daño a la propiedad , por lo tanto, es él quien actúa como su objeto principal y personalidad , a pesar de la hecho de que es más significativa que la propiedad, actúa como un objeto adicional [26] . El objeto principal son aquellas relaciones sociales para cuya protección se creó esta norma de derecho penal [27] .

Un objeto adicional puede ser requerido u opcional . El objeto obligatorio está consagrado directamente en la norma penal correspondiente. Un objeto opcional no se indica en el artículo, o se indica en una forma alternativa. En el primer caso, actúa como una circunstancia que influye en la imposición de la pena , en el segundo, la base de la responsabilidad penal será la inflicción de daño a cualquiera de los objetos nombrados, incluso si no se causa daño a otros objetos [28] .

Sujeto del crimen

El sujeto de un crimen es una cosa , un elemento del mundo material, que es influenciado en el curso de cometer un crimen. Por ejemplo, el tema del robo es la propiedad robada en sí , el tema del soborno es el dinero recibido por un funcionario , el tema del contrabando son las mercancías que cruzan la frontera . La señal del sujeto del delito en la composición del delito es facultativa [28] . El sujeto del delito suele considerarse en la literatura de derecho penal junto con el objeto del delito, pero estos conceptos tienen contenido diferente. El objeto siempre se idealiza: estos son intereses , beneficios y otros valores significativos para la sociedad , protegidos por la ley penal . El sujeto del delito es siempre material, es una cosa concreta del mundo material. El objeto del crimen en el curso de una usurpación criminal siempre es dañado. El objeto de un delito no siempre empeora sus propiedades como consecuencia de la infracción penal: puede permanecer inalterable, o adquirir nuevas y mejorar antiguas cualidades (por ejemplo, esto sucede con los estupefacientes como consecuencia de su procesamiento) [29] .

El valor de los signos del sujeto del delito radica en su uso para distinguir entre conductas delictivas y no delictivas, así como elementos conexos de los delitos [30] .

Como sujeto de usurpación de una persona , también se puede considerar a una persona , al influir en el cuerpo del cual se comete una usurpación criminal. Los signos de tal persona pueden tener un significado jurídico penal similar al significado de los signos de un objeto (por ejemplo, al calificar delitos sexuales , delitos contra la vida y la salud , así como al dictar sentencia por un delito cometido). Sin embargo, en este caso se suele utilizar el concepto de “ víctima ” y no el de “sujeto del delito” [31] .

Notas

  1. 1 2 3 Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 204.
  2. 1 2 Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 205.
  3. Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 213.
  4. Krylova N. E., Serebrennikova A. V. Derecho penal de los países extranjeros modernos (Inglaterra, EE. UU., Francia, Alemania). M., 1997. S. 64.
  5. Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 207.
  6. Spasovich V.D. Libro de texto de derecho penal. Parte General. SPb., 1863. S. 84.
  7. Tagantsev N. S. Derecho penal ruso. Conferencias. Parte General. En 2 volúmenes T. 1. M., 1994. S. 31-32.
  8. Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 205-206.
  9. Derecho penal ruso / Ed. V. N. Kudryavtseva, V. V. Luneeva, A. V. Naumova. M., 2006. S. 108.
  10. Derecho penal ruso / Ed. V. N. Kudryavtseva, V. V. Luneeva, A. V. Naumova. M., 2006. S. 109-110.
  11. Derecho penal de Rusia. Curso práctico / Bajo la general. edición A. I. Bastrykin; bajo cientifico edición A. V. Naumova. M., 2007. S. 58.
  12. Derecho penal de la Federación Rusa. Parte general: Libro de texto. Taller / Ed. A. S. Mikhlin . M., 2004. S. 95.
  13. Ver: Naumov A.V. Derecho penal. Una parte común. Curso de conferencias. M., 1996. S. 147; Derecho penal ruso. Una parte común. Libro de texto / Ed. V. N. Kudryavtsev y A. V. Naumov. M., 1997. S. 91-92.
  14. Ter-Akopov A. A. Responsabilidad por violación de reglas especiales de conducta. M., 1995. S. 10.
  15. Derecho penal. Una parte común. Libro de texto / Resp. edición I. Ya. Kozachenko y 3. A. Neznamova. M., 1997. S. 135.
  16. Ver: Naumov A.V. Derecho penal. Una parte común. Curso de conferencias. M., 1996. S. 147; Derecho penal ruso. Una parte común. Libro de texto / Ed. V. N. Kudryavtsev y A. V. Naumov. M., 1997. S. 92.
  17. Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 206-207.
  18. Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 209.
  19. Derecho penal ruso / Ed. V. N. Kudryavtseva, V. V. Luneeva, A. V. Naumova. M., 2006. S. 111.
  20. Tagantsev N. S. Derecho penal ruso. Conferencias. Parte General. En 2 volúmenes T. 1. M., 1994. S. 34.
  21. Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 210-211.
  22. Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 211.
  23. Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 213-214.
  24. Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 214-215.
  25. Derecho penal de la Federación Rusa. Parte general: Libro de texto. Taller / Ed. COMO. Mikhlin. M., 2004. S. 104.
  26. 1 2 Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 215.
  27. Derecho penal de la Federación Rusa. Parte general / Ed. L. V. Inogamova-Khegay, A. I. Raroga, A. I. Chuchaev. M., 2005. S. 104.
  28. 1 2 Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 216.
  29. Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 216-217.
  30. Derecho penal de la Federación Rusa. Parte general: Libro de texto. Taller / Ed. COMO. Mikhlin. M., 2004. S. 108-109.
  31. Curso de derecho penal. Una parte común. Tomo 1: La doctrina del delito / Ed. N. F. Kuznetsova e I. M. Tyazhkova. M., 2002. S. 217.